Decisión Nº C3277-20 de Consejo de Transparencia de 01/09/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 850251922

Decisión Nº C3277-20 de Consejo de Transparencia de 01/09/2020

JuezJorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Marcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente
Número de sentenciaC3277-20
Fecha01 Septiembre 2020
Normativa aplicadaConstitución Política de la República ART-8 INCISO 2,Ley de Transparencia ART-10,Ley de Transparencia ART-5

DECISIÓN AMPARO ROL C3277-20

Entidad pública: SEREMI de Salud Región de Valparaíso

Requirente: Alland Duarte Jara

Ingreso Consejo: 15.06.2020

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra de la SEREMI de Salud Región de Valparaíso, referido a requisitos de delivery que indica y sus antecedentes.

Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública dentro de la esfera de competencias de la reclamada, respecto de la cual no se alegaron causales de secreto o reserva ni circunstancias de hecho para ponderar.

En sesión ordinaria N° 1127 del Consejo Directivo, celebrada el 1 de septiembre de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C3277-20.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 1° de junio de 2020, don Alland Duarte Jara solicitó a la SEREMI de Salud Región de Valparaíso la siguiente información:

"Necesito que me informen si es necesario contar con un local comercial para el bodegaje y distribución de la carne. Les comento para que tengan la idea clara, que las carnes vienen de plantas de envasado y distribución debidamente autorizadas.

Por otro lado, por ser delivery y en el caso de haber una cuarentena, ¿Califico como servicio de primera...

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