Decisión Nº C3246-22 de Consejo de Transparencia de 07/07/2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 908414239

Decisión Nº C3246-22 de Consejo de Transparencia de 07/07/2022

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Unánime), Presidente,Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime)
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-10,Ley de Transparencia ART-5
Fecha07 Julio 2022
Número de sentenciaC3246-22

DECISIÓN AMPARO ROL C3246-22

Entidad pública: Subsecretaría para Las Fuerzas Armadas

Requirente: Sergio Lamas Alarcón

Ingreso Consejo: 02.05.2022

RESUMEN

Se rechaza el amparo deducido en contra de la Subsecretaría para Las Fuerzas Armadas, referido a información sobre la situación legal en que se encuentra emplazada la estación de combustibles que indica, en el sentido de señalar si posee algún derecho de concesión marítima, emitida por los organismos pertinentes y antecedentes que indica

Lo anterior, por cuanto la respuesta entregada por la reclamada permite satisfacer el requerimiento planteado.

En sesión ordinaria N° 1290 del Consejo Directivo, celebrada el 07 de julio de 2022, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C3246-22.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 10 de marzo de 2022, don Sergio Lamas Alarcón solicitó a la Subsecretaría para Las Fuerzas Armadas la siguiente información:

"En la comuna de Chaitén, está ubicada una estación de venta de combustibles perteneciente a la empresa Copec, en relación a esta solicito información en relación situación legal en que se encuentra emplazada dicha estación, es decir si posee algún derecho de concesión marítima...

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