Decisión Nº C3162-22 de Consejo de Transparencia de 30/08/2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 911759972

Decisión Nº C3162-22 de Consejo de Transparencia de 30/08/2022

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Ausente), Presidente,Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime)
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-24,Ley de Transparencia ART-33
Fecha30 Agosto 2022
Número de sentenciaC3162-22

DECISIÓN AMPARO ROL C3162-22

Entidad pública: Municipalidad de Parral

Requirente: Loreto Villanueva Vélez

Ingreso Consejo: 28.04.2022

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Parral, ordenándose la entrega de información sobre pago de horas extras, cantidad de líneas de teléfonos y vales asignados en virtud de convenio que se indica, y rendición de cuentas de Comité que se señala.

Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública, respecto de la cual, se desestimó la causal de distracción indebida esgrimida por la reclamada.

Aplica criterio contenido en las decisiones de amparos roles C1494-16, C491-18 y C3343-20, entre otras.

En virtud del principio de divisibilidad, previo a la entrega, el órgano deberá tarjar aquellos datos personales y sensibles de contexto que pudieren estar contenido en la información cuya entrega se ordena, en conformidad a lo previsto en la Ley de Protección de la Vida Privada. Asimismo, deberá tarjar los números de teléfonos asignados.

En sesión ordinaria N° 1302 del Consejo Directivo, celebrada el 30 de agosto de 2022, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C3162-22.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 27 de marzo de 2022, doña Loreto Villanueva Vélez, solicitó a la Municipalidad de Parral, lo siguiente:

"1.- Los contratos de la Municipalidad con empresas del registro de marcaciones horarias de los funcionarios. Desde enero 2016 al mes de febrero de 2022. Las Marcaciones diarias entrada y salida desde enero 2016 a febrero del 2022 de los funcionarios Erica Gajardo y Felipe Sepúlveda.

2.- Nombre encargados o jefes de informática desde enero 2016 a febrero del 2022 con sus nombramientos.

3.- Horas extras mensuales desde enero del 2016 a febrero 2022 pagadas o compensadas a Ética Gajardo y Felipe Sepúlveda.

4.- Cantidad de teléfonos números de líneas entregados en comodato o pagados con Empresa Entel en convenio con el comité de bienestar y con municipio, incluir asignación de cada uno de ellos con los nombres de personas asignadas y los números a cada socio desde enero del 2014 hasta la fecha de esta solicitud incluyendo los números dados de baja en el transcurso de ambas fechas.

5.- Asignación de vales de gas del convenio de bienestar y nombre de beneficiarios desde enero del 2016 a la fecha.

6.- Nombre de funcionarios con más de 180 días de licencia en períodos de 2 años últimos en departamento de Educación desde el 2016 a la fecha.

7.- Documentos de proyecto Caja Los Andes que fue entregado a la Municipalidad de Parral. Rendición del proyecto con detalle de compras con su uso y destino.

8.- Rendición y uso del dinero del Comité de Bienestar desde enero 2016 a febrero de 2022".

2) PRÓRROGA DE PLAZO: Por medio de Carta N° 1039 de fecha 26 de abril de 2022, el órgano comunicó a la parte solicitante la decisión de prorrogar el plazo de respuesta al requerimiento en 10 días hábiles, en conformidad a lo previsto en el artículo 14 inciso 2° de la Ley de Transparencia.

3) RESPUESTA: Por medio de Oficio N° 483 de fecha 10 de mayo de 2022, el órgano respondió el requerimiento y adjuntó correos electrónicos de DAEM y de Recursos Humanos, por medio de los cuales informó lo siguiente:

Sobre el punto 1, indicó que se adjuntan todos los contratos que ha tenido la Municipalidad de Parral con empresas de registro de marcaciones horarios en las fechas solicitadas. Agregó que se adjuntan los reportes de reloj control de los funcionarios solicitados. Con todo, precisó que en el sistema sólo constan los reportes a contar del 1 de julio de 2017 a la fecha. Asimismo, señaló que se adjuntan otros reportes más antiguos a la fecha, que se encontraban impresos pero que no fue posible acceder a la base de datos más antigua.

En cuanto al punto 2, aclaró que, en el período consultado, no se nombró a ningún funcionario como encargado o Jefe de Informática.

En relación al punto 3, señaló que se solicita la información sobre horas extras pagadas o compensadas de 2 funcionarios, desde enero de 2016 a febrero de 2022, que comprende 74 meses, que deben buscar detalles de los sueldos pagados mes a mes y, además de los sueldos, indicó que deben buscar en el mismo período, decretos en que solicitaron estas horas para devolución de tiempo. Dicha información al no estar en sistemas computacionales, indicó que requiere ir a buscar decretos y detalles de sueldos a los talleres municipales, lo que implicaría un gasto en vehículo, en chofer y en el personal que debe ir a buscar la documentación. Así, señaló que se estima que en buscar el documento, borrar la información delicada, escanearlo y juntar el archivo, se tardaría 10 minutos por documento, que en 74 meses, 2 funcionarios y 2 tipos de documentos, serían 49 horas de trabajo, y actualmente, la Dirección de Recursos Humanos no cuenta con un funcionario para realizar este tipo de labores, por lo que debería dejar de hacer su labores habituales que indica, y al no contar con presupuesto disponible para la contratación de nuevo personal ni espacio físico para este, resulta inviable dar respuesta al requerimiento.

Respecto al punto 4, indicó que tienen al alcance el listado de equipos que se tienen a la fecha. Añadió que el detalle de los equipos que se han otorgado de enero de 2014 a la fecha, lo que son casi 100 meses y considerando que la municipalidad tiene contratadas más de 104 líneas y el bienestar otras 30 aproximadamente, resulta imposible recopilar toda esta información. Lo anterior, refirió, implicaría llevar el detalle de cada movimiento de línea que ha habido en los últimos más de 1000 cambios durante el período solicitado, que implicaría, a su vez, ir a talleres municipales a buscar registro de todos los movimientos existentes de líneas telefónicas, estimando un gasto en tiempo de 5 minutos por línea, lo que nos arrojaría un total de aproximadamente 83 horas. Actualmente, la Dirección de Recursos Humanos no cuenta con un funcionario para realizar este tipo de labores, por lo que dejaría de hacer sus labores habituales, y no cuenta con presupuesto disponible para la contratación de nuevo personal. Además, señaló que en este punto se solicitará realizar una auditoría interna con la finalidad de ver los responsables que deben tener el historial de esta información.

A su turno, sobre el punto 5, señaló que aproximadamente venden 100 vales de gas por mes y le están solicitando detalles de vales de gas entregados desde enero 2016 a la fecha, esto es, el detalle de 7.000 vales de gas vendidos, que implicaría ir a buscar los talonarios de vales de gas a los talleres municipales, con todo el gasto de tiempo, bencina y horas hombres que se pueda incurrir. Añadió que, constituiría una demora de digitalización de 3 minutos por detalle de vale de gas, lo que resultaría un total aproximadamente de 350 horas. Reiteró que la Dirección de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR