Decisión Nº C3106-22 de Consejo de Transparencia de 10/05/2022
Juez | Francisco Javier Leturia Infante (Unánime), Presidente,Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime) |
Normativa aplicada | Ley de Transparencia ART-10,Constitución Política de la República ART-19 N°14 |
Fecha | 10 Mayo 2022 |
Número de sentencia | C3106-22 |
DECISIÓN AMPARO ROL C3106-22
Entidad pública: Servicio Nacional de Migraciones.
Requirente: Ruth Elizabeth Azañero Gonzáles.
Ingreso Consejo: 26.04.2022.
En sesión ordinaria N° 1276 del Consejo Directivo, celebrada el 10 de mayo de 2022, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C3106-22.
VISTO:Los artículos 5°, inc. 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:Que, con fecha 26 de abril de 2022, doña Ruth Elizabeth Azañero Gonzáles dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra del Servicio Nacional de Migraciones, fundado en la ausencia de respuesta a su solicitud, mediante la cual indicó lo siguiente: "Junto con saludar pongo en conocimiento que a pesar que he enviado en reiteradas ocasiones solicitudes de informacion, aún no logro solucionar mi prolemas migratorio. Hice una solicitud el día 14-12-2021 respecto a la habilitación de mi estampado electrónico y el día 11-01-2022 el portal de transparencia envió un correo de prorroga de tiempo. Posteriormente el día 26-01 de 2022 me llegó otro correo con la información que el Servicio Nacional de Migraciones firmada por DON ALVARO BELLOLIO AVARIA en cuyo texto me solicita: certificado consular de antecedentes, actualizacion de remuneracion, pasaporte vigente, fotocopia de pasaporte, contrato de trabajo; todos ellos fueron enviados por CARTA CERTIFICADA a Chacabuco 1216, Santiago, el día 29-01-2022, y según comprobante de correo de Chile, el sobre fue entregado el día 03-02-2022. Actualmente, me encuentro impedida de realizar varios trámites puesto que no logro...
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