Decisión Nº C2755-21 de Consejo de Transparencia de 13/07/2021
Número de sentencia | C2755-21 |
Fecha | 13 Julio 2021 |
DECISIÓN AMPARO ROL C2755-21
Entidad pública: Subsecretaría del Interior
Requirente: Tomas Matheson Mujica
Ingreso Consejo: 17.04.2021
RESUMEN
Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Subsecretaría del Interior, requiriéndose la entrega de información sobre el estado de solicitud en procedimiento migratorio que indica y copia de expediente, previa acreditación de su identidad o personería, en conformidad de lo dispuesto en el numeral 4.3. de la Instrucción General N° 10, de este Consejo.
Lo anterior, por cuanto el órgano reclamado se allanó a su entrega presencial, con ocasión de los descargos evacuados en esta sede. No obstante lo anterior, teniendo en consideración el estado de catástrofe declarado en el país, producto de la pandemia, así como las directrices otorgadas por el Oficio N° 000252, de fecha 20 de marzo de 2020, de esta Corporación, se recomienda al órgano reclamado que realice la entrega efectiva de lo solicitado al requirente o su apoderado, por un medio alternativo a la entrega personal en la oficina indicada. A modo meramente ejemplar, a través de correo electrónico o la que estime pertinente, previa acreditación de la identidad del titular o envío de mandato por mecanismos telemáticos.
La Consejera doña Natalia González Bañados se abstuvo de intervenir y votar en el presente caso.
En sesión ordinaria N° 1199 del Consejo Directivo, celebrada el 13 de julio de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C2755-21.
VISTO:Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo...
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