Decisión Nº C271-21 de Consejo de Transparencia de 20/04/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 868760222

Decisión Nº C271-21 de Consejo de Transparencia de 20/04/2021

JuezBernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime),Gloria de la Fuente González (Ausente)
Fecha20 Abril 2021
Número de sentenciaC271-21
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-33,Ley de Transparencia ART-24

DECISIÓN AMPARO ROL C271-21

Entidad pública: Hospital Regional de Coyhaique

Requirente: Pablo Ramírez Olivares

Ingreso Consejo: 13.01.2021

RESUMEN

Se acoge el amparo interpuesto en contra del Hospital Regional de Coyhaique, ordenando la entrega de la información referida al dinero utilizado en la transformación del servicio de Kinesiología y Rehabilitación en el servicio de Urgencia Pediátrica.

Lo anterior, por cuanto, no se encuentra satisfecho el estándar de acreditación de la circunstancia de hecho de inexistencia de los antecedentes en poder del órgano, que ha determinado la normativa que regula el ejercicio del derecho de acceso a la información pública y que se ha reflejado en la jurisprudencia de este Consejo.

Con todo, en el evento de no obrar en poder del órgano alguno de estos documentos, dicha circunstancia se deberá explicar y acreditar en forma pormenorizada en sede de cumplimiento, de acuerdo al punto 2.3, de la instrucción general N° 10.

En sesión ordinaria N° 1174 del Consejo Directivo, celebrada el 20 de abril de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C271-21.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 17 de diciembre de 2020, don Pablo Ramírez Olivares solicitó al Hospital Regional de Coyhaique la siguiente información: "Solicito información detallada del monto de dinero gastado en la transformación del servicio de Kinesiología y Rehabilitación en el servicio de Urgencia Pediátrica, detallando monto total y por cada ítem comprado e implementado".

2)...

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