Decisión Nº C2525-20 de Consejo de Transparencia de 07/08/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 849578104

Decisión Nº C2525-20 de Consejo de Transparencia de 07/08/2020

JuezGloria de la Fuente González (Unánime),Marcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente,Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime)
Número de sentenciaC2525-20
Fecha07 Agosto 2020
Normativa aplicadaEstatuto Administrativo ART-137 INCISO 2

DECISIÓN AMPARO ROL C2525-20

Entidad pública: Servicio de Salud Magallanes

Requirente: Alicia Poblete Perez

Ingreso Consejo: 14.05.2020

RESUMEN

Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra del Servicio de Salud Magallanes, y se ordena la entrega de la planilla Excel con sumarios e investigaciones sumarias instruidas en el servicio de salud Magallanes desde enero 2018 al 17 de febrero del 2020, indicando establecimiento, motivo y el estado de dichos sumarios o investigaciones, si se encuentra terminados o no, y las medidas aplicadas con ocasión de las investigaciones sumarias y/o de los sumarios que estén afinados.

Se rechaza respecto de la entrega de las medidas aplicadas con ocasión de las investigaciones sumarias y/o de los sumarios que no estén afinados, por cuanto en dicho caso se podría configurar el secreto sumarial.

En sesión ordinaria N° 1119 del Consejo Directivo, celebrada el 7 de agosto de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C2525-20.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 17 de febrero de 2020, don Alicia Poblete Pérez solicitó a al Servicio de Salud Magallanes "la planilla Excel con sumarios e investigaciones sumarias instruidas en el servicio de salud Magallanes desde enero 2018 a la fecha- este Consejo colige que dicha fecha corresponde al 17 de febrero del 2020-. indicando establecimiento, motivo y el estado de dichos sumarios o investigaciones, si se encuentra terminados o no y las medidas aplicadas si corresponde".

2) PRORROGA DE PLAZO: Por oficio de fecha 16 de marzo de 2020, el órgano notificó a la parte solicitante la decisión de prorrogar el plazo de respuesta en 10 días hábiles, en los términos referidos en el inciso 2° del artículo 14 de la Ley de Transparencia.

3) RESPUESTA: El 30 de marzo de 2020, el Servicio de Salud Magallanes respondió a dicho requerimiento de información enviando un correo electrónico a la reclamante, indicando que por motivos de la situación sanitaria del país, aun no se ha podido recopilar la totalidad de la información requerida en su solicitud de transparencia, adjuntando el oficio N° 252 para el conocimiento de la reclamante, señalando que el nuevo plazo de entrega de la respuesta a la solicitud de información seria el 13 de abril del 2020.

El 14 de abril, reprodujo el correo electrónico antes citado disponiendo que el nuevo plazo de entrega de la respuesta a la solicitud de información sería el 27 de abril del 2020. Igual cosa hizo el órgano mediante los correos electrónicos de 28 de abril y 12 de mayo del 2020, por medios de los cuales dispuso que el nuevo plazo de entrega de la respuesta a la solicitud de información sería el 11 de mayo y el 21 de mayo de 2020 respectivamente.

4) AMPARO: El 14 de mayo de 2020, doña Alicia Poblete Pérez dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del estado, fundado en que no ha recibido respuesta a su solicitud de acceso a la información por cuanto la reclamada ha solicitado más de 4 prorrogas...

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