Decisión Nº C2513-19 de Consejo de Transparencia de 30/01/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 844704620

Decisión Nº C2513-19 de Consejo de Transparencia de 30/01/2020

JuezJorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Marcelo Drago Aguirre (Ausente), Presidente,Gloria de la Fuente González (Unánime)
Fecha30 Enero 2020
Número de sentenciaC2513-19
Normativa aplicadaConstitución Política de la República ART-8 INCISO 2,Ley de Transparencia ART-12

DECISIÓN AMPARO ROL C2513-19

Entidad pública: Municipalidad de Los Muermos.

Requirente: Margarita Cockbaine Monsalve.

Ingreso Consejo: 02.04.2019

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Los Muermos, ordenando la entrega de información sobre los gastos efectuados por el municipio en el Festival de Los Muermos.

Lo anterior, por tratarse de antecedentes que obran en su poder, por no haber acreditado su inexistencia ni haber alegado causales de reserva que ponderar, y por haberse desestimado que la solicitud de información que motiva el amparo no contenía todos los requisitos legales -al no consignar dirección o domicilio-, por no haber dado aplicación al procedimiento de subsanación en el plazo señalado en la ley y por haber efectuado la misma requirente, con anterioridad, diversas solicitudes de información a la entidad edilicia, a partir de lo cual es posible colegir que dicho dato, efectivamente, obraba en poder de la Municipalidad reclamada.

Finalmente, se representa al órgano el hecho de no haber otorgado respuesta dentro del plazo legal establecido para ello.

En sesión ordinaria N° 1070 del Consejo Directivo, celebrada el 30 de enero de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante e indistintamente, el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información rol C2513-19.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 4 de marzo de 2019, doña Margarita Cockbaine Monsalve requirió a la Municipalidad de Los Muermos, la siguiente información:

a) "Si los fondos con los cuales se cubrieron los gastos de los grupos de cantantes, solistas y humoristas fueron financiados con fondos privados o fondos públicos. Del mismo modo, los gastos derivados por concepto de honorarios por contratación de guardias de seguridad y animador(es) del Festival.

b) Si fueron privados favor...

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