Decisión Nº C2399-21 de Consejo de Transparencia de 29/07/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 875619817

Decisión Nº C2399-21 de Consejo de Transparencia de 29/07/2021

JuezNatalia González Bañados (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime)
Número de sentenciaC2399-21
Fecha29 Julio 2021
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-21 N°2,Ley de Transparencia ART-21 N°1,Ley de Transparencia ART-5,Ley de Transparencia ART-10

DECISIÓN AMPARO ROL C2399-21

Entidad pública: Servicio de Salud Coquimbo.

Requirente: Luis Valencia Espinoza.

Ingreso Consejo: 07.04.2021

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra del Servicio de Salud Coquimbo, ordenando la entrega de copia del expediente del sumario resuelto mediante Resolución Exenta N° 1135, reservando previamente, los datos personales de contexto contenidos en aquel, tales como -nombre del denunciante, del denunciado y de los funcionarios públicos que concurrieron a declarar en calidad de testigos, y cualquier antecedente o relato que permita inferir dichas identidades, incluidos el domicilio, teléfono, correo electrónico particulares, RUT, estado civil, fecha de nacimiento, y toda mención a patologías o estados de salud físicos o psíquicos, entre otros.

Lo anterior, dando aplicación al principio de divisibilidad conforme con el cual se resguarda la información cuya entrega afecta el debido cumplimiento de las funciones de la reclamada y la vida privada de las personas que han intervenido en dicho procedimiento, y se da acceso a los antecedentes necesarios para el control social de la función pública en virtud del cual una vez adoptada una decisión por parte de la autoridad dotada de la potestad disciplinaria en el respectivo sumario administrativo afinado, el interesado conozca los fundamentos que han permitido a ésta arribar a determinadas conclusiones en dicho procedimiento disciplinario. Asimismo, por tratarse de información que obra en poder del órgano y no haber alegado causales de reserva que ponderar.

Aplica precedentes de los amparos roles C3571-17, C1790-18, C1894-18, C2577-18, C5112-18 C7365-20 y C1645-21, entre otras.

En sesión ordinaria N° 1202 del Consejo Directivo, celebrada el 29 de julio de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante e indistintamente, el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C2399-21.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 30 de enero de 2021, don Luis Valencia Espinoza requirió al Servicio de Salud Coquimbo, lo siguiente:

a) "Se solicita la cantidad de denuncias de acoso laboral, mal trato laboral y acoso sexual realizados por funcionarios del hospital de Illapel durante el año 2019.

b) Se solicita cuáles fueron las medidas de cautela realizadas por el establecimiento para proteger a las o los afectados.

c) Se solicita si se realizaron investigaciones sumariales o sumarios administrativos para investigar los hechos, en caso de ser respuesta afirmativa, se solicitan los expedientes de dichos procesos".

2) RESPUESTA: El 23 de febrero de 2021, el órgano derivó la solicitud de información al Hospital Dr. Humberto Elorza de Illapel, institución dependiente del mismo Servicio, a fin de que hiciera entrega de la documentación requerida. Posteriormente, el 25 de marzo de 2021, mediante Ord. N° 419, el Hospital otorgó respuesta a la solicitud, indicando las acciones o medidas realizadas, y señalando que existe un proceso por acoso sexual durante el año 2019, adjuntando copia del expediente.

3) AMPARO: El 7 de abril de 2021, don Luis Valencia Espinoza dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del Servicio de Salud Coquimbo...

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