Decisión Nº C2396-23 de Consejo de Transparencia de 19-06-2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 945484979

Decisión Nº C2396-23 de Consejo de Transparencia de 19-06-2023

Fecha19 Junio 2023
Número de sentencia C2396-23
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Unidad de Análisis de Fondo C2396-23
DECISIÓN AMPARO ROL C2396-23
Entidad pública: Servicio de
Cooperación Técnica
Requirente: Giuseppe Leita
Santibáñez
Ingreso Consejo: 06.03.2023
RESUMEN
Se acoge el amparo interpuesto en contra del Servicio de Cooperación Técnica, ordenándose
la entrega de los descargos evacuados por el organismo y su documentación adjunta.
Lo anterior, por tratarse de antecedentes de naturaleza pública que obran en poder del
órgano requerido. En efecto, los centros de negocios son una iniciativa ejecutada por
SERCOTEC, los que están a cargos de operadores externos, que se seleccionan por concurso
público. De este modo, los “Operadores de Centros”, gestionan recursos que son traspasados
desde la Institución para operar una Red de Centros de Negocios en el marco de la
reglamentación vigente. Por consiguiente, la develación de la información pedida permite
rendir cuenta de una gestión eficiente de los recursos públicos, conforme los principios de
eficiencia y eficacia que debe observar la Administración del Estado.
Asimismo, del examen de la documentación acompañada por el organismo con ocasión de
sus descargos, esta Corporación estima que aquella reviste del mérito suficiente para
satisfacer el requerimiento de especie en los términos específicamente planteados.
En forma previa a su entrega, el órgano deberá tarjar los datos personales de contexto que
pudieran contener el documento, en aplicación del Principio de Divisibilidad consagrado
en la Ley de Transparencia.
En sesión ordinaria Nº 1363 del Consejo Directivo, celebrada el 13 de junio de 2023, con
arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a
la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia,
aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la
Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión
respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C2396-23.
VISTO:

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