Decisión Nº C224-20 de Consejo de Transparencia de 05/05/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 845617439

Decisión Nº C224-20 de Consejo de Transparencia de 05/05/2020

JuezGloria de la Fuente González (Unánime),Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Marcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente,Francisco Javier Leturia Infante (Unánime)
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-21 N°1 LETRA A
Fecha05 Mayo 2020
Número de sentenciaC224-20

DECISIÓN AMPARO ROL C224-20

Entidad pública: Municipalidad de la Reina

Requirente: Javier Simonet Romero

Ingreso Consejo: 14.01.2020

RESUMEN

Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de la Reina, ordenando la entrega de la información referida al proceso de licitación y fiscalización de la instalación de los elementos publicitarios que se indican.

Lo anterior, por tratarse de información pública, respecto de la cual no se ha acreditado suficientemente una afectación al debido cumplimiento de las funciones del órgano, al no haberse fundado ni demostrado debidamente la causal invocada, específicamente, la existencia de un litigio en cuyo contexto el órgano deba presentar defensas jurídicas y judiciales, y la vinculación de los antecedentes requeridos con la hipotética estrategia de defensa.

Se aplica criterio contenido en las decisiones de amparos Roles C68-09, C293-09 y C380-09, entre otras.

En sesión ordinaria N° 1094 del Consejo Directivo, celebrada el 5 de mayo de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C224-20.

VISTOS:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUDES DE ACCESO: El 4 de diciembre de 2019, don Javier Simonet Romero solicitó a la Municipalidad de la Reina la siguiente información:

- Solicitud de acceso a la información MU125T0002385:

"Solicito se me informe y en su caso me entregue la siguiente información:

1) Si la Dirección de Obras Municipales de La Reina ha fiscalizado la instalación de los elementos publicitarios individualizados a continuación:

(a) Av. Tobalaba Intersección Avenida Larraín (dirección Sur-Norte)

(b) Av. Tobalaba/ La Cañada (2 caras)

(c) Av. Bilbao/ Av. Tobalaba (2 caras)

(d) Av. Bilbao/ Av. Manquehue

(e) Av. Bilbao/ A.M De la Lastra (Rotonda Tomás Moro)

(f) Av. Bilbao 7978 (Frente a Parque Padre Hurtado)

(g) Av. Padre Hurtado bandejón central (2 caras)

(h) Av. Príncipe de Gales/ Monseñor Edwards

2) En el caso que la Dirección de Obras de La Reina haya efectivamente fiscalizado la instalación ilegal de los elementos publicitarios individualizados, se me informe si de tal fiscalización se originó alguno (o ambos) de los procedimientos sancionatorios que se indican a continuación:

a) Denuncia formulada ante el Juez de Policía Local respecto de la ocupación ilegítima de bienes nacionales de uso público a través de estructuras publicitarias no autorizadas, y

b) Procedimiento de aplicación de multas o de terminación del respectivo contrato conforme lo disponen los artículos A.6.3, A.6.5.2. N° 15, A.9.1, A.14, A.17 y A.18, todos ellos de las Bases Administrativas de la Licitación en comento.

3) Se me indique el nombre y apellidos de los funcionarios de su dependencia designados conforme al Artículo A.7 de las Bases Administrativas de la Licitación, cuya función, al tenor de la disposición citada, sería la de "colaborar con la fiscalización de la correcta ejecución de los trabajos de instalación de elementos, la tramitación de los permisos requeridos y el cumplimiento de las normas aplicables para una obra de esta naturaleza".

4) En caso de no haberse fiscalizado el cumplimiento de las normas de la Licitación antedicha y de la Ley General de Urbanismo y Construcción y su Ordenanza, se me indiquen los motivos de tales omisiones y en su caso, si existe alguna excepción que justifique el ejercicio de la actividad publicitaria en las condiciones informadas por la persona que indica".

- Solicitud de acceso a la información MU125T0002384:

"Solicito se me informe y en su caso me entregue la siguiente información:

1) Si la Dirección de Obras Municipales de La Reina ha fiscalizado la instalación de los elementos publicitarios individualizados a continuación:

(a) Intersección de Av. Ossa y Avenida Larraín (dos caras, dirección Norte/Sur y Sur/Norte)

(b) Intersección de Av. Larraín y Avenida Ossa (dos caras, dirección Poniente/Oriente y Oriente/Poniente)

(c) Intersección Av. Ossa y San Vicente de Paul (dirección Norte/Sur)

2) En el...

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