Decisión Nº C2187-22 de Consejo de Transparencia de 30/08/2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 911759866

Decisión Nº C2187-22 de Consejo de Transparencia de 30/08/2022

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Ausente), Presidente,Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime)
Fecha30 Agosto 2022
Número de sentenciaC2187-22

DECISIÓN AMPARO ROL C2187-22

Entidad pública: Gendarmería de Chile.

Requirente: Tamara Farrah Núñez.

Ingreso Consejo: 26.03.2022

RESUMEN

Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra de Gendarmería de Chile, respecto de acceso a diversos antecedentes de carácter estadístico, sobre traslados de personas privadas de libertad efectuados en la Región de Valparaíso, en el período transcurrido entre los años 2018 a 2020.

En este contexto, se tiene por cumplida extemporáneamente la obligación de informar del órgano, respecto a los datos sobre cuántos de los traslados consultados fueron dispuestos por Tribunales de Justicia, cuantos de ellos fueron solicitados por los propios privados de libertad, y cuantos de estos fueron solicitados por los Jefes de Unidad o por el Director Regional de Gendarmería.

Lo anterior, en consideración a que, en el marco de la tramitación del amparo, Gendarmería de Chile acreditó haber entregado dicha información a la recurrente, en los términos requeridos.

Se rechaza el amparo en lo relativo a datos sobre la motivación particular de cada uno de los traslados consultados, es decir, informar si ellos fueron por seguridad penitenciaria, sobrepoblación, seguridad individual, etc., por concurrir respecto de dicha información la causal de secreto de distracción indebida de los funcionarios de la institución, atendida la cantidad de tiempo y recursos humanos que deberían dedicar los funcionarios de la institución a la búsqueda, sistematización y tratamiento de la información pedida, afectándose con ello, su debido funcionamiento, por cuanto, dar respuesta a lo solicitado, implica en la especie, la revisión manual de 9.519 resoluciones administrativas que disponen los traslados de internos en la Región de Valparaíso, durante el período requerido.

Aplica criterio contenido en las decisiones de los amparos rol C7495-20, C685-21 y C2105-21, C699-22, entre otras.

En sesión ordinaria N° 1302 del Consejo Directivo, celebrada el 30 de agosto de 2022, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante e indistintamente, el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C2187-22.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: Con fecha 10 de febrero de 2022, Doña Tamara Farrah Núñez requirió a Gendarmería de Chile lo siguiente: "Información numérica sobre los traslados realizados en la región de Valparaíso durante los años 2018-2020, especificando los traslados realizados dentro de la región y desde la región a otras regiones del país. Del total de traslados realizados en este periodo de tiempo, cuantos de estos fueron dispuestos por Tribunales de Justicia, cuantos de ellos fueron solicitados por los propios privados de libertad y cuantos de estos fueron solicitados por los Jefes de Unidad o por el Director Regional. Finalmente, del total de traslados realizados, si existe el dato de la motivación del mismo, vale decir, si ellos fueron por seguridad penitenciaria, sobrepoblación, seguridad individual, etc."

2) RESPUESTA: Mediante Carta N° 608/2022, notificada a la requirente el 09 de marzo de 2022, Gendarmería de Chile respondió la solicitud de acceso, remitiendo Minuta N° 8 de fecha 02 de marzo 2022, elaborada por la Unidad de Control Penitenciario de la Región de Valparaíso, que informa la cantidad de traslados efectuados dentro y fuera de la región, desagregada por cada año consultado; según los datos obtenidos del sistema informático de la institución.

Sobre la demás información requerida, relativo a "cuantos de los traslados fueron dispuestos por Tribunales de Justicia, cuantos traslados fueron solicitados por los propios privados de libertad y cuantos de estos fueron solicitados por los Jefes de Unidad o por el Director Regional, y, del total de traslados realizados, si existe el dato de la motivación del mismo, vale decir, si ellos fueron por seguridad penitenciaria, sobrepoblación, seguridad individual, etc.", la respuesta señala que esa información no se registra en el Sistema de base de datos institucional de Gendarmería de Chile, tratándose de un requerimiento de carácter genérico, referido a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes, por lo que dar respuesta al íntegra al requerimiento, implica distraer indebidamente a los funcionarios de Estadística Regional del cumplimiento de sus funciones habituales con el solo fin de la obtención de dicha información, por lo que resulta aplicable en la especie, la causal de reserva contemplada en el art. 21. N° 1, letra c) de la LT.

3) AMPARO: El 26 de marzo de 2022, doña Tamara Farrah Núñez dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de Gendarmería de Chile, fundado en la respuesta incompleta a su solicitud. Asimismo, alegó...

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