Decisión Nº C2037-23 de Consejo de Transparencia de 27-06-2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 945483366

Decisión Nº C2037-23 de Consejo de Transparencia de 27-06-2023

Fecha27 Junio 2023
Número de sentencia C2037-23
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Unidad de Análisis de Fondo C2037-23
DECISIÓN AMPARO ROL C2037-23
Entidad pública: Hospital Barros
Luco Trudeau.
Requirente: María Carolina
González Mandiola.
Ingreso Consejo: 23.02.2023
RESUMEN
Se rechaza el amparo interpuesto en contra del Hospital Barros Luco Trudeau, respecto de
copia de las grabaciones de las reuniones del Comité de ausentismo laboral, que se
realizaron durante los años 2021 y 2022.
Lo anterior, por cuanto en dichas reuniones se trata información sobre datos sensibles de
personas distintas de la solicitante, y no constando que los titulares de esos datos hayan
otorgado consentimiento para que dicho tercero acceda a sus datos sensibles, no concurre
ninguna de las circunstancias que habilite la comunicación de la información pedida
conforme a la ley N°19.628, sobre protección a la vida privada, ni tampoco un interés
público prevalente que justifique relevar la protección que nuestro ordenamiento jurídico
brinda a los datos sensibles de los funcionarios cuyos estados de salud fueron analizados
en las grabaciones de las sesiones mencionadas.
Se sigue lo resuelto en los amparos rol C7768-20 y C4832-21.
En sesión ordinaria Nº 1363 del Consejo Directivo, celebrada el 13 de junio de 2023, con
arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a
la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia,
aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la
Transparencia, en adelante e indistintamente, el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión
respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C2037-23.
VISTO:
Los artículos 5º, inciso 2º, 8º y 19 Nº 12 de la Constitución Política de la República; las
disposiciones aplicables de la ley Nº 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley
Nº 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de
los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley Nº
1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto

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