Decisión Nº C2007-19 de Consejo de Transparencia de 29/04/2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 798787885

Decisión Nº C2007-19 de Consejo de Transparencia de 29/04/2019

JuezGloria de la Fuente González (Unánime),Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Marcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente,Francisco Javier Leturia Infante (Unánime)
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-12,Ley de Transparencia ART-14,Ley de Transparencia ART-24
Número de sentenciaC2007-19
Fecha29 Abril 2019

DECISIÓN AMPARO ROL C2007-19

Entidad pública: Municipalidad de San Gregorio.

Requirente: Coordinación Fundación Multitudes.

Ingreso Consejo: 11.03.2019.

En sesión ordinaria N° 987 de su Consejo Directivo, celebrada el 29 de abril de 2019, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C2007-19.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 15 de enero de 2019, Rosario Central Central, realizó una presentación ante la Municipalidad de San Gregorio, a través de la cual solicitó información referente al Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil (COSOC).

2) Que, con fecha 12 de febrero de 2019, el órgano comunicó prórroga del plazo para otorgar respuesta. Posteriormente, el 27 del mismo mes, notificó la respuesta, al correo electrónico consignado en el requerimiento.

3) Que, con fecha 11 de marzo de 2019, Coordinación Fundación Multitudes, dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de la Municipalidad de San Gregorio, fundado en que la respuesta fue otorgada fuera de plazo.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 33, letra b), de la Ley de Transparencia, corresponde a este Consejo resolver, fundadamente, los reclamos por denegación de acceso a la información que le sean formulados de conformidad con la Ley de Transparencia.

2) Que, atendido lo dispuesto en los artículos 24 y siguientes de la Ley de Transparencia y los artículos 36 y 46 de su Reglamento, corresponde a este Consejo examinar la admisibilidad del reclamo presentado por el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR