Decisión Nº C1911-21 de Consejo de Transparencia de 15/06/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 871094301

Decisión Nº C1911-21 de Consejo de Transparencia de 15/06/2021

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime)
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-33,Ley de Transparencia ART-24
Fecha15 Junio 2021
Número de sentenciaC1911-21

DECISIÓN AMPARO ROL C1911-21

Entidad pública: Corporación Nacional Forestal y de Protección de Recursos Naturales Renovables (CONAF)

Requirente: Guido Williams Obreque

Ingreso Consejo: 22.03.2021

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra de la Corporación Nacional Forestal y de Protección de Recursos Naturales Renovables, ordenándose la entrega de copia de los contratos de administración del Parque Reserva Nacional "Los Flamencos", celebrados entre la CONAF y las comunidades indígenas atacameñas, tarjando, previamente, los nombres y apellidos de las personas pertenecientes a las diversas comunidades indígenas que puedan estar contenidas en los contratos solicitados, salvo de aquellos que tengan la calidad de representantes legales de estas, así como también, todo dato personal de contexto que pueda estar contenido en la información cuya entrega se ordena, como por ejemplo, la cédula de identidad, el domicilio particular, la nacionalidad, el estado civil, el teléfono, el correo electrónico particular, entre otros.

Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública, respecto de la cual, se desestimaron las alegaciones de los terceros involucrados, no advirtiéndose la concurrencia de causales de secreto o reserva que justifiquen la denegación de lo pedido.

En sesión ordinaria N° 1191 del Consejo Directivo, celebrada el 15 de junio de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1911-21.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 5 de marzo de 2021, don Guido Williams Obreque solicitó a la Corporación Nacional Forestal y de Protección de Recursos Naturales Renovables, en adelante e indistintamente, también, CONAF, "copia de los contratos de administración (contrato de asociación) de parque reserva nacional Los Flamencos entre CONAF y comunidades indígenas atacameñas".

2) RESPUESTA: Por medio de Carta N° 6, de fecha 19 de marzo de 2021, CONAF respondió el requerimiento, denegando la entrega de lo solicitado, en virtud de las oposiciones de las comunidades indígenas involucradas, en conformidad a lo dispuesto...

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