Decisión Nº C1879-23 de Consejo de Transparencia de 28-03-2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 945483562

Decisión Nº C1879-23 de Consejo de Transparencia de 28-03-2023

Fecha28 Marzo 2023
Número de sentencia C1879-23
Morandé 360 piso 7. Santiago, Chile | Teléfono: 56-2 495 21 00
www.consejotransparencia.cl oficinadepartes@consejotransparencia.cl
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Unidad de Análisis de Admisibilidad y SARC
DECISIÓN AMPARO ROL C1879-23
Entidad pública: Servicio de Salud
Metropolitano Oriente.
Requirente: Jessica Patricia Torres
Saavedra.
Ingreso Consejo: 20.02.2023.
En sesión ordinaria Nº 1347 del Consejo Directivo, celebrada el 09 de marzo de 2023, con
arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a
la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia,
aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285, de 2008, el Consejo para la
Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión
respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C1879-
23.
VISTO:
Los artículos 5º, inc. 2º, 8º y 19 Nº 12 de la Constitución Política de la República; las
disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-
19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos
del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el
Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los
Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
Que, con fecha 20 de febrero de 2023, doña Jessica Patricia Torres Saavedra, dedujo amparo
a su derecho de acceso a la información pública en contra del Servicio de Salud
Metropolitano Oriente, mediante el cual expone su molestia porque no recibió la atención
médica que indica, y además porque a su juicio se han cometido actos contrarios a la
probidad, razones por las cuales solicita que se inicie una investigación sumaria y que se
fiscalice a los funcionarios a los cuales se refiere.

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