Decisión Nº C1855-22 de Consejo de Transparencia de 28/06/2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 908414282

Decisión Nº C1855-22 de Consejo de Transparencia de 28/06/2022

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Unánime), Presidente,Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime)
Fecha28 Junio 2022
Número de sentenciaC1855-22

DECISIÓN AMPARO ROL C1855-22

Entidad pública: Municipalidad de Collipulli

Requirente: Sergio Erices Leal

Ingreso Consejo: 14.03.2022

RESUMEN

Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Collipulli, sin perjuicio de tener por cumplida la obligación de informar, aunque extemporáneamente.

Se rechaza el amparo en lo que se refiere a la confección de un certificado de antigüedad y carta de termino de contrato, por no decir relación con el derecho de acceso a la información pública, sino que más bien corresponde al ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 1914 de la Constitución Política de la República, razón por la que no cabe pronunciarse respecto de ello en esta sede; y, respecto de la restante información reclamada, por cuanto no se dispone de antecedentes que permitan desvirtuar lo expresado por la reclamada en relación a la inexistencia de aquella.

En sesión ordinaria N° 1288 del Consejo Directivo, celebrada el 28 de junio de 2022, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1855-22.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 28 de enero de 2022, don Sergio Erices Leal solicitó a la Municipalidad de Collipulli la siguiente información:

a) Copia de contratos del referido desde el año de ingreso a la municipalidad de Collipulli; 7 abril de 2014 hasta el último contrato anual correspondiente al año 2021.

b) Copia de decretos que aprueban contratación.

c) Bases y resultados concurso público por el cual el referido ingreso y comenzó a prestar servicios continuos al municipio por casi 8 años corridos.

d) El referido fue parte de comisiones evaluadoras durante su cargo como Asesor UDEL, se solicita copia de decretos donde figura como parte de comisiones evaluadoras. desde el año 2017 hasta el año 2020.

e) Copia de decreto que nombra al referido como encargado del Eje de Desarrollo Económico durante la creación del Plan de Desarrollo Comunal PLADECO vigente. Periodo 2019-2022.

f) Copia de decreto que lo nombra como parte integra de la Comisión Centro.

g) Copia de Registro de formularios de permisos...

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