Decisión Nº C1769-22 de Consejo de Transparencia de 14/06/2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 908174424

Decisión Nº C1769-22 de Consejo de Transparencia de 14/06/2022

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Unánime), Presidente,Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime)
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-11 LETRA E,Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada ART-2 LETRA F,Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada ART-2 LETRAE
Fecha14 Junio 2022
Número de sentenciaC1769-22

DECISIÓN AMPARO ROL C1769-22

Entidad pública: Hospital Claudio Vicuña de San Antonio

Requirente: Javier Mena Mauricio

Ingreso Consejo: 11.03.2022

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra del Hospital Claudio Vicuña de San Antonio, ordenándose la entrega de la información reclamada; correspondiente a diversos datos estadísticos relativos a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) en las tres causales legales, en el período que indica.

Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública y estadística respecto de la cual no consta su entrega; ni que se haya invocado la concurrencia de causales de secreto, así como circunstancias de hecho que ponderar en tal sentido.

Con todo, sin perjuicio de tratarse de información estadística, a modo precautorio, en virtud del principio de divisibilidad, el órgano deberá tarjar aquellos datos personales y sensibles de contexto que pudieren estar contenidos en la información cuya entrega se ordena, conforme a lo previsto en la Ley sobre Protección de la Vida Privada.

Aplica criterio contenido en las decisiones de amparos roles C7893-20, C1123-22, C1626-22, C1292-22, entre otras.

En sesión ordinaria N° 1287 del Consejo Directivo, celebrada el 14 de junio de 2022, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1769-22.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 24 de enero de 2022, don Javier Mena Mauricio solicitó a al Hospital Claudio Vicuña de San Antonio la siguiente información:

"Escribo para obtener información sobre cada uno de los casos de que han tenido conocimiento en su respectivo Hospital, en que se haya solicitado la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) en las tres causales legales, entre los meses de octubre del 2020 y diciembre de 2021. Solicitamos enviar la información abajo descrita de cada uno de los casos recibidos en los hospitales dependientes de su Servicio, desagregado en las tres causales, rellenando el archivo Excel que enviamos adjunto"

2) PRÓRROGA DE PLAZO: Por oficio NUM 1, de fecha 18 de febrero de 2022, el órgano notificó a la parte solicitante la decisión de prorrogar el plazo de respuesta en 10 días hábiles, en los términos referidos en el inciso 2° del artículo 14 de la Ley de Transparencia.

3) RESPUESTA: El 07 de marzo de 2022, el Hospital Claudio Vicuña de San Antonio respondió a dicho requerimiento de información mediante Oficio Ord. N° 120, de 04 de marzo de 2022, señalando que accede a la entrega de la información en planilla Excel que adjunta.

4) AMPARO: El 11 de marzo de 2022, don Javier Mena Mauricio dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del...

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