Decisión Nº C1766-23 de Consejo de Transparencia de 27-06-2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 945487523

Decisión Nº C1766-23 de Consejo de Transparencia de 27-06-2023

Fecha27 Junio 2023
Número de sentencia C1766-23
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Unidad de Análisis de Fondo C1766-23
DECISIÓN AMPARO ROL C1766-23
Entidad pública: Municipalidad de
San Antonio
Requirente: Juan Andrés Rojas Vera
Ingreso Consejo: 16.02.2023
RESUMEN
Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de San Antonio, solo en cuanto a la
entrega extemporánea de la información pedida, sin perjuicio de tener por cumplida la obligación de
informar con la notificación del presente acuerdo.
Lo anterior, por cuanto, con ocasión de la tramitación del presente amparo el órgano dio respuesta al
requerimiento en análisis.
En sesión ordinaria Nº 1363 del Consejo Directivo, celebrada el 13 de junio de 2023, con arreglo a
las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de
la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero
de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el
Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a
la información Rol C1766-23.
VISTO:
Los artículos 5º, inciso 2º, 8º y 19 Nº 12 de la Constitución Política de la República; las
disposiciones aplicables de la ley Nº 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley Nº
19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos
de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000,
del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la ley 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la
Administración del Estado; y los decretos supremos Nº 13, de 2009 y Nº 20, de 2009, ambos del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del
artículo primero de la ley Nº 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos
de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:

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