Decisión Nº C1762-22 de Consejo de Transparencia de 31/05/2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 907495469

Decisión Nº C1762-22 de Consejo de Transparencia de 31/05/2022

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Unánime), Presidente,Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime)
Fecha31 Mayo 2022
Número de sentenciaC1762-22

DECISIÓN AMPARO ROL C1762-22

Entidad pública: Municipalidad de Calama

Requirente: Soledad Luttino

Ingreso Consejo: 11.03.2022

RESUMEN

Se rechaza el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Calama, referente a la entrega de información sobre las gestiones y respuestas respecto de la carta ingresada por la Corporación; como asimismo, la información -cargo y currículum- de la funcionaria que se indica, entre otros antecedentes consignados en el requerimiento de especie.

Respecto de lo peticionado en el numeral 1° del requerimiento de especie, la Entidad Edilicia ilustró que otorgó respuesta a dicha petición, estimándose que los antecedentes remitidos en su oportunidad permiten satisfacer la solicitud de acceso.

Sobre las restantes peticiones de acceso, por cuanto la derivación efectuada por el organismo se aviene a lo prescrito en el artículo 13° de la Ley de Transparencia, estimándose que el órgano derivado -COMDES- es competente y se encontraba en una mejor posición de pronunciarse sobre las materias consultadas, en adecuación del marco normativo vigente.

En sesión ordinaria N° 1282 del Consejo Directivo, celebrada el 31 de mayo de 2022, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1762-22.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 1 de febrero de 2022, doña Soledad Luttino -en representación de la Corporación Los Derechos de Nuestra Gente, según consta en Certificado de Directorio de Persona Jurídica, de fecha 1 de junio de 2021 - solicitó a la Municipalidad de Calama la siguiente información: "(...)

1.- Respuesta entregada por...

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