Decisión Nº C1722-23 de Consejo de Transparencia de 28-06-2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 945487443

Decisión Nº C1722-23 de Consejo de Transparencia de 28-06-2023

Fecha28 Junio 2023
Número de sentencia C1722-23
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Unidad de Análisis de Fondo C1722-23
DECISIÓN AMPARO ROL C1722-23
Entidad pública: Dirección de
Presupuestos.
Requirente: Carlos Williamson
Benapres.
Ingreso Consejo: 15.02.2023
RESUMEN
Se rechaza el amparo interpuesto en contra de la Dirección de Presupuestos, respecto de
información sobre las remuneraciones mensuales anualizadas de funcionarios de planta y
contrata de los servicios públicos del Gobierno Central, a Diciembre del 2022, según los
respectivos estamentos del Estatuto Administrativo, con el desglose que especifica.
Lo anterior, por tratarse de documentación que no obra en poder del órgano, sin que se
disponga de antecedentes que conduzcan a una conclusión contraria de aquella sostenida
por la Dirección, en orden a que no cuenta con los documentos solicitados, y por haberse
indicado la forma de acceder a dichos datos, en los portales de Transparencia Activa de
cada uno de los servicios consultados, conforme lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de
Transparencia.
En sesión ordinaria Nº 1363 del Consejo Directivo, celebrada el 13 de junio de 2023, con
arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a
la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia,
aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la
Transparencia, en adelante e indistintamente, el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión
respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1722-23.
VISTO:
Los artículos 5º, inciso 2º, 8º y 19 Nº 12 de la Constitución Política de la República; las
disposiciones aplicables de la ley Nº 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley
Nº 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de
los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley
1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional sobre
bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos Nº 13, de 2009 y

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