Decisión Nº C1712-20 de Consejo de Transparencia de 11/08/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 850497694

Decisión Nº C1712-20 de Consejo de Transparencia de 11/08/2020

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Unánime),Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime)
Número de sentenciaC1712-20
Fecha11 Agosto 2020
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-24,Ley de Transparencia ART-33

DECISIÓN AMPARO ROL C1712-20

Entidad pública: SEREMI de Bienes Nacionales Región de Valparaíso

Requirente: Luis Humberto Alvear

Ingreso Consejo: 01.04.2020

RESUMEN

Se acoge el amparo interpuesto en contra de la SEREMI de Bienes Nacionales Región de Valparaíso, ordenando la entrega de copia de los expedientes administrativos de regularización de la propiedad individualizados.

Lo anterior, por cuanto se trata de información pública, respecto de la cual el órgano no alegó la configuración de circunstancias de hecho o causales legales de reserva o secreto que impidan su publicidad, desestimándose la afectación de derechos de los terceros interesados, quienes no justificaron su oposición al no dar cuenta de una afectación a sus derechos derivada de la publicidad de los expedientes, ni comparecieron en esta sede formulando descargos u observaciones.

Aplica criterio contenido en las decisiones de los amparos Roles C396-12, C1196-12, C438-13, C1045-15, C2397-16 y C1867-17.

Se ordena al órgano, previa entrega, tarjar los datos personales de contexto que pudieran contener los documentos, en aplicación del principio de divisibilidad consagrado en la Ley de Transparencia.

En sesión ordinaria N° 1120 del Consejo Directivo, celebrada el 11 de agosto de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1712-20.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 31 de enero de 2020, don Luis Humberto Alvear solicitó a la SEREMI de Bienes Nacionales Región de Valparaíso, copia de los expedientes N° 057SAC339871 y N° SA99050869.

2) RESPUESTA: El 13 de marzo de 2020, la SEREMI de Bienes Nacionales Región de Valparaíso respondió al requerimiento indicando que los expedientes contienen información que puede afectar derechos de terceros, particularmente de sus titulares, don Eduardo Alamiro Quevedo Godoy y doña Claudia Lorena Berríos Ugarte, por lo que, la solicitud les fue notificada mediante Oficio N° E-10.056 de fecha 14 de febrero de 2020. Estos, con fecha 24 de febrero de 2020, presentaron escritos oponiéndose a la entrega, señalando el primero que dicha carpeta contiene antecedentes privados y fue entregada a la SEREMI de Bienes...

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