Decisión Nº C144-23 de Consejo de Transparencia de 24-04-2023
Fecha | 24 Abril 2023 |
Número de sentencia | C144-23 |
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Unidad de Análisis de Fondo
C144-23
Entidad pública: Fondo
Nacional de Salud.
DECISIÓN AMPARO ROL C144-23
Requirente: Javier González.
Ingreso Consejo: 05.01.2023
En sesión ordinaria Nº 1353 del Consejo Directivo, celebrada el 12 de abril de 2023, con
arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la
Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia,
aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la
Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión
respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol 144-23.
VISTO:
RESUMEN
Se rechaza el amparo deducido en contra del Fondo Nacional de Salud, referido a entrega
de la información sobre el principio activo del medicamento de tratamiento para cada una
de las patologías garantizadas GES.
Lo anterior, por cuanto el órgano señaló que la información solicitada no obra en su poder
porque esa variable de información no existe en el GES, no contando esta Corporación con
antecedentes que desvirtúen lo alegado por el órgano requerido en cuanto a la inexistencia
de la información pedida.
Con todo, es posible advertir que en la página web de la Superintendencia de Salud, el
enlace http://www.supersalud.gob.cl/664/w3-propertyname-501.html lleva a las
“Patologías garantizadas GES”, sitio web en el cual al pinchar una de las patologías
listadas se dispone de una serie de información sobre la garantía GES respecto de esa
patología, entre la que figura la siguiente “¿Qué beneficios incluye*? (Según listado de
Prestaciones Específico para este problema de salud)”, en que se contiene información
sobre medicamentos de tratamiento.
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