Decisión Nº C13173-22 de Consejo de Transparencia de 11-07-2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 945482844

Decisión Nº C13173-22 de Consejo de Transparencia de 11-07-2023

Fecha11 Julio 2023
Número de sentencia C13173-22
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Unidad de Análisis de Fondo C13173-22
DECISIÓN AMPARO ROL C13173-22
Entidad pública: Subsecretaría de
Las Culturas y Las Artes
Requirente: Gabriela Tapia
Ingreso Consejo: 27.12.2022
RESUMEN
Se rechaza el amparo deducido en contra de la Subsecretaría de Las Culturas y Las Artes,
relativo a la entrega de información sobre sumarios relativos a denuncias que se indican,
durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2018 y la solicitud de acceso a la
información.
Lo anterior, por concurrir la causal de secreto de distracción indebida de los funcionarios
de la institución, atendida la cantidad de tiempo y recursos humanos que deberían dedicar
a la búsqueda, sistematización y tratamiento de la información pedida, afectándose con ello,
su debido funcionamiento. Finalmente, se hace presente a la reclamante que puede formular
un nuevo requerimiento acotando la cantidad de información solicitada, de modo de
facilitar al organismo las labores de búsqueda y recopilación de aquella-
En sesión ordinaria Nº 1370 del Consejo Directivo, celebrada el 06 de julio de 2023, con
arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a
la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia,
aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la
Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión
respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C13173-22.
VISTO:
Los artículos 5º, inciso 2º, 8º y 19 Nº 12 de la Constitución Política de la República; las
disposiciones aplicables de la ley Nº 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley
Nº 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de
los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley Nº
1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional sobre
bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos Nº 13, de 2009 y

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