Decisión Nº C12816-22 de Consejo de Transparencia de 08-05-2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 945482185

Decisión Nº C12816-22 de Consejo de Transparencia de 08-05-2023

Fecha08 Mayo 2023
Número de sentencia C12816-22
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Unidad de Análisis de Fondo C12816-22
DECISIÓN AMPARO ROL C12816-22
Entidad pública: Instituto de
Salud Pública de Chile
Requirente: Roberto Chacón
Romo
Ingreso Consejo: 16.12.2022
RESUMEN
Se acoge el amparo interpuesto en contra del Instituto de Salud Pública de Chile,
ordenándose la entrega de los estudios de seguridad de vacunas que serán administradas a la
población, estudios de aislación de virus cepa original Sars-COV-2 y variante Ómicron".
Lo anterior, por cuanto los estudios o informes de seguridad se configuran como
antecedentes, presupuestos y fundamentos que el organismo tuvo a la vista y ponderó para
autorizar la importación y uso de emergencia del producto farmacéutico para combatir el
COVID-19. Asimismo, se desestimó la afectación a los derechos económicos y comerciales
del tercero interesado.
En virtud del principio de divisibilidad, se deberán tarjar la información relativa a la
fórmula de los productos y sus procesos de elaboración que pudiere estar contenida en los
antecedentes pedidos, toda vez que la divulgación de la misma permitiría a terceros acceder
a las características, fórmulas y procesos esenciales de sus productos, cuya revelación
ocasionaría la pérdida de las ventajas comparativas del titular, afectándose con ello los
derechos comerciales y económicos del tercero. Asimismo, el órgano deberá reservar los
datos personales y sensibles de contexto, que allí se contengan, ello en conformidad con lo
dispuesto en la Ley sobre Protección de la Vida Privada.
Aplica criterio contenido en los Amparos Roles C7986-20, C5725-21 y C7664-21.
En sesión ordinaria 1353 del Consejo Directivo, celebrada el 12 de abril de 2023, con
arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a
la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia,
aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la
Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión
respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C12816-22.
VISTO:

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