Decisión Nº C12201-22 de Consejo de Transparencia de 22-02-2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 945485258

Decisión Nº C12201-22 de Consejo de Transparencia de 22-02-2023

Fecha22 Febrero 2023
Número de sentencia C12201-22
Morandé 360 piso 7. Santiago, Chile | Teléfono: 56-2 495 21 00
www.consejotransparencia.cl oficinadepartes@consejotransparencia.cl
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Unidad de Análisis de Admisibilidad y SARC
DECISIÓN AMPARO ROL C12201-22
Entidad pública: Secretaría
Regional Ministerial (SEREMI) de
Salud de La Araucanía.
Requirente: Lorena Ibacache
Muñoz.
Ingreso Consejo: 01.12.2022.
En sesión ordinaria Nº 1341 del Consejo Directivo, celebrada el 16 de febrero de 2023, con
arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a
la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia,
aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285, de 2008, el Consejo para la
Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión
respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C12201-
22.
VISTO:
Los artículos 5º, inc. 2º, 8º y 19 Nº 12 de la Constitución Política de la República; las
disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-
19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos
del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el
Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los
Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) Que, con fecha 1° de diciembre de 2022, doña Lorena Ibacache Muñoz, dedujo amparo
a su derecho de acceso a la información pública en contra de la Secretaría Regional
Ministerial de Salud de La Araucanía, fundado en que recibió una respuesta incompleta
o parcial a su solicitud de información, mediante la cual requirió copia de resolución de
equipo generador de radiación ionizante, según indica.

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