Decisión Nº C11626-23 de Consejo de Transparencia de 05-02-2024 - Doctrina Administrativa - VLEX 1023418026

Decisión Nº C11626-23 de Consejo de Transparencia de 05-02-2024

Fecha05 Febrero 2024
Número de sentencia C11626-23
Morandé 360 piso 7. Santiago, Chile | Teléfono: 56-2 495 21 00
www.consejotransparencia.cl
Página 1
Unidad de Fiscalización
DECISIÓN RECLAMO ROL C11626-23
Entidad pública: Partido de la
Gente.
Requirente: Emilio Cruz Zamora.
Ingreso Consejo: 24 de octubre de
2023
En sesión ordinaria N° 1412 del Consejo Directivo, celebrada el 21 de diciembre de 2023, con
arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a
la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia,
aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la
Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión
respecto del reclamo por infracción a las normas de transparencia activa Rol C11626-23.
VISTO:
Los artículos 5º, inc. 2º, 8° y 19 Nº 12 de la Constitución Política de la República; las
disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–
19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos
del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el
Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los
Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia; y, las disposiciones
aplicables del Decreto con Fuerza de Ley Nº 4, de 2017, de MINSEGPRES, que fijó el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.603, Orgánica Constitucional de los
Partidos Políticos.
TENIENDO PRESENTE:
1) Que, con fecha 24 de octubre de 2023, don Emilio Cruz Zamora, dedujo reclamo por
infracción a los deberes de transparencia activa en contra del Partido de la Gente,
fundado en que la información de las secciones “Pactos electorales que integren”,
“Declaraciones de intereses y patrimonio de candidatos, candidatas e integrantes del
órgano ejecutivo”, “Información financiera”, “Aportes a campañas y gastos electorales”,
“Acuerdos de los órganos colegiados regionales y del órgano intermedio colegiado”,
“Sanciones aplicadas al partido político”, “Requisitos y procedimientos para nuevas
afiliaciones y número de militantes” y “Estadística sobre participación dentro del
partido”, no se encuentra disponible, está incompleta y desactualizada. Específicamente,
señala que “no hay información del trimestre julio-agosto-septiembre del 2023 en todas las áreas
legales que debe publicar en transparencia el partido político” (sic).

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