Decisión Nº C1155-20 de Consejo de Transparencia de 02/07/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 847255228

Decisión Nº C1155-20 de Consejo de Transparencia de 02/07/2020

JuezJorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Marcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente,Gloria de la Fuente González (Unánime)
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-21 N°2,Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada ART-2 LETRA F,Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada ART-4
Número de sentenciaC1155-20
Fecha02 Julio 2020

DECISIÓN AMPARO ROL C1155-20

Entidad pública: Municipalidad de Peñalolén.

Requirente: Angélica Vega Contreras.

Ingreso Consejo: 04.03.2020

RESUMEN

Se rechaza el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Peñalolén, referido a la entrega de antecedentes que fundamentaron informe social realizado por profesional que indica.

Lo anterior, toda vez que se trata de documentación fundante de una pieza que forma parte un proceso judicial en tramitación, de naturaleza sensible, remitido con ocasión de una evaluación ordenada por el tribunal que está conociendo del asunto.

Se deriva la presente solicitud al Centro de Medidas Cautelares de Santiago, para que dicho órgano se pronuncie sobre el requerimiento. Lo anterior, conforme el principio de facilitación.

En sesión ordinaria N° 1111 del Consejo Directivo, celebrada el 2 de julio de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1155-20.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 20 de enero de 2020, doña Angélica Vega Contreras solicitó a la Municipalidad de Peñalolén la siguiente información: "Copia o acceso a toda la documentación que respalde o de fundamento al informe social emitido por la asistente social que indica, del Departamento de Defensoría al Adulto Mayor".

2) RESPUESTA: Mediante ORD. ALC. N°2000/208 de fecha 12 de febrero de 2020, la Municipalidad de Peñalolén, respondió a dicho requerimiento de información e indicó lo siguiente:

No obstante la falta de datos para efectos de individualizar el informe...

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