Decisión Nº C11064-22 de Consejo de Transparencia de 16-03-2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 945482981

Decisión Nº C11064-22 de Consejo de Transparencia de 16-03-2023

Fecha16 Marzo 2023
Número de sentencia C11064-22
Morandé 360 piso 7. Santiago, Chile | Teléfono: 56-2 495 21 00
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Unidad de Análisis de Fondo C11064-22
DECISIÓN AMPARO ROL C11064-22
Entidad pública: Municipalidad de
Chiguayante
Requirente: Alejandro Baudrand
Ossandon
Ingreso Consejo: 03.11.2022
RESUMEN
Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Chiguayante. Lo anterior,
sin perjuicio de tener por cumplida la obligación de informar del municipio en forma
extemporánea con la notificación del presente acuerdo.
En sesión ordinaria Nº 1347 del Consejo Directivo, celebrada el 09 de marzo de 2023, con
arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a
la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia,
aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la
Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión
respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C11064-22.
VISTO:
Los artículos 5º, inciso 2º, 8º y 19 Nº 12 de la Constitución Política de la República; las
disposiciones aplicables de la ley Nº 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley
Nº 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de
los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley Nº
1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional sobre
bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos Nº 13, de 2009 y
Nº 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban,
respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley Nº 20.285, en adelante e
indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la
Transparencia.

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