Decisión Nº C10782-22 de Consejo de Transparencia de 10/01/2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 923739718

Decisión Nº C10782-22 de Consejo de Transparencia de 10/01/2023

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Ausente), Presidente,Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime)
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-24,Ley de Transparencia ART-33
Fecha10 Enero 2023
Número de sentenciaC10782-22

DECISIÓN AMPARO ROL C10782-22

Entidad pública: Servicio de Salud de Chiloé

Requirente: Daniela Saffie Budnik

Ingreso Consejo: 26.10.2022

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra del Servicio de Salud de Chiloé, ordenándose la entrega de información sobre los casos de interrupción voluntaria del embarazo -IVE- que se ha tenido conocimiento en el organismo reclamado, con el detalle que se indica.

Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública y estadística respecto de la cual, los antecedentes remitidos por el organismo, no permite satisfacer la solicitud en los términos planteados, no advirtiéndose la concurrencia de causales de secreto o reserva que justifiquen la denegación de lo pedido.

Aplica criterio contenido en las decisiones de amparos roles C7893-20, C7842-20 y C8483-20.

En sesión ordinaria N° 1335 del Consejo Directivo, celebrada el 10 de enero de 2023, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C10782-22.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 11 de agosto de 2022, doña Daniela Saffie Budnik, solicitó al Servicio de Salud de Chiloé -en adelante e indistintamente, SSC-, lo siguiente:

"información sobre cada uno de los casos de que han tenido conocimiento en su respectivo Servicio de Salud, en que se haya solicitado la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) en las tres causales legales, entre los meses de enero de 2018 y agosto de 2022. Solicitamos enviar la información de cada uno de los casos recibidos en los hospitales dependientes de su Servicio, desagregado en las tres causales, rellenando las casillas del archivo Excel que enviamos adjunto".

Adjunto excel, desagregado en variables que se indican.

2) PRÓRROGA DE PLAZO: Por Ordinario N° 1755 de fecha 9 de...

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