Decisión Nº C10759-22 de Consejo de Transparencia de 06-02-2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 945923378

Decisión Nº C10759-22 de Consejo de Transparencia de 06-02-2023

Fecha06 Febrero 2023
Número de sentencia C10759-22
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Unidad de Análisis de Fondo C10759-22
DECISIÓN AMPARO ROL C10759-22
Entidad pública: Secretaría
Regional Ministerial de Salud
Región de Antofagasta
Requirente: Jessica Sofía
Basquinay Vallejos
Ingreso Consejo: 26.10.2022
RESUMEN
Se rechaza el amparo deducido en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Salud
Región de Antofagasta, relativo a la entrega de informe sanitario sobre jardín infantil que
se indica.
Lo anterior, por cuanto el órgano explicó que la información solicitada no obra en su poder,
según consta en certificado de búsqueda negativa adjuntado al efecto, no constando este
Consejo con antecedentes que desvirtúen lo aclarado por el órgano, respecto a la
inexistencia de la información requerida.
En sesión ordinaria Nº 1339 del Consejo Directivo, celebrada el 02 de febrero de 2023, con
arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a
la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia,
aprobada por el artículo primero de la Ley 20.285 de 2008, el Consejo para la
Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión
respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C10759-22.
VISTO:
Los artículos 5º, inciso 2º, 8º y 19 Nº 12 de la Constitución Política de la República; las
disposiciones aplicables de la ley Nº 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley
Nº 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de
los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley Nº
1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional sobre
bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos Nº 13, de 2009 y
Nº 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban,

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