Decisión Nº C10645-22 de Consejo de Transparencia de 10/01/2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 923739723

Decisión Nº C10645-22 de Consejo de Transparencia de 10/01/2023

Número de sentenciaC10645-22
Fecha10 Enero 2023
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-21 N° 1,Ley de Transparencia ART-24,Ley de Transparencia ART-33

DECISIÓN AMPARO ROL C10645-22

Entidad pública: Hospital Base de Valdivia

Requirente: Daniela Gutiérrez Álvarez

Ingreso Consejo: 24.10.2022

RESUMEN

Se rechaza el amparo deducido en contra del Hospital Base del Valdivia, relativo a la entrega de expediente de investigación sumaria que se indica.

Lo anterior, toda vez que aquella fue elevada a sumario administrativo, el cual no se encuentra afinado.

Aplica criterio contenido en decisiones de amparo roles Roles A47-09, A95-09, A159-09, C7-10, C561-11, C1314-14, C969-15, C6376-18, C837-19 y C7775-20, entre otras.

En sesión ordinaria N° 1335 del Consejo Directivo, celebrada el 10 de enero de 2023, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C10645-22.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 29 de septiembre de 2022, doña Daniela Gutiérrez Álvarez, solicitó al Hospital Base de Valdivia -en adelante e indistintamente, HBV o Hospital-, lo siguiente:

"copia del expediente administrativo que contiene la investigación sumaria, ordenada por Resolución Exenta N° 001317 (o 317) de fecha 21 de enero de 2022, ordenada por el Director del Hospital Base de Valdivia Juan Bertoglio, instruido por la enfermera Nilda Martínez Costa y que afecta a mi representada doña (...) en calidad de (...).

Adjunto mandato judicial donde consta mi personaría para representar a (...). En 3 oportunidades ya se ha pedido esta información al correo del director Juan Bertoglio, sin respuesta".

2) RESPUESTA: Por medio de Ordinario N° 133 de fecha 11 de octubre de 2022...

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