Decisión Nº C10430-22 de Consejo de Transparencia de 02-02-2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 945483072

Decisión Nº C10430-22 de Consejo de Transparencia de 02-02-2023

Fecha02 Febrero 2023
Número de sentencia C10430-22
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Unidad de Análisis de Fondo C10430-22
DECISIÓN AMPARO ROL C10430-22
Entidad pública: Hospital San
Pablo de Coquimbo.
Requirente: Macarena
Bustamante Sinn.
Ingreso Consejo: 18.10.2022.
RESUMEN
Se acoge parcialmente el amparo interpuesto en contra del Hospital San Pablo de
Coquimbo, ordenando entregar a la requirente datos estadísticos complementarios a
aquellos otorgados al responder la solicitud, correspondientes a ítems específicos de los
“aspectos generales” consultados, relacionados a su vez, con la aplicación del
procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo (IVE) en las tres causales legales,
entre los meses de enero de 2018 y agosto de 2022.
Lo anterior, por cuanto se trata de información estadística, de naturaleza pública, respecto
de la cual no fueron invocadas causales de reserva o secreto que ponderar en el
procedimiento, ni fueron señaladas razones de hecho que justifiquen su denegación.
Sin perjuicio de lo anterior, se rechaza la reclamación en aquella parte en que la solicitante
pretende conocer “la razón por la cual se coloca "sin información" o "no aplica" en las casillas
relativas a las preguntas que tienen que ver con sobrevivencia del feto, que corresponde en la causal
1 a las AC-AM, en la causal 2 AC-AM y causal 3 AG-AQ. Al respecto, ¿existe en el Hospital algún
protocolo para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 40 del Decreto 161 de 1982 del
Ministerio de Salud?”
Ello, por cuanto la petición antedicha corresponde a una solicitud de pronunciamiento
respecto del contenido de la respuesta otorgada por el Hospital recurrido a la solicitud de
información, efectuada ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 19
numeral 14 de la Constitución Política de la República, que adicionalmente, excede el
contenido de la solicitud de acceso fundante del amparo.
En sesión ordinaria Nº 1339 del Consejo Directivo, celebrada el 02 de febrero de 2023, con
arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a

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