Decisión Nº C103-21 de Consejo de Transparencia de 23/03/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 866810650

Decisión Nº C103-21 de Consejo de Transparencia de 23/03/2021

JuezNatalia González Bañados (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime)
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-33,Ley de Transparencia ART-24
Fecha23 Marzo 2021
Número de sentenciaC103-21

DECISIÓN AMPARO ROL C103-21

Entidad pública: Subsecretaría de Salud Pública

Requirente: Jorge Poblete Herrera

Ingreso Consejo: 06.01.2021

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra de la Subsecretaría de Salud Pública, ordenando la entrega de los informes, minutas o documentos realizados por el Comité Asesor en Vacunas y Estrategias de Inmunización (Cavei) en que se mencionen ideas, propuestas o planes de vacunación en Chile por SARS-CoV-2, que produce COVID-19, detallando sus fechas de elaboración y destinatario.

Lo anterior, toda vez que se trata de información pública elaborada con recursos estatales respecto de la cual el órgano no acreditó su entrega ni alegó la concurrencia de causales de secreto o circunstancias de hecho que ponderar en esta sede.

Con todo, en el evento de no existir estos antecedentes, se deberá explicar y acreditar dicha situación en forma pormenorizada en sede de cumplimiento, de conformidad a la normativa aplicable en la especie.

Finalmente, se representa a la Subsecretaría el hecho de no haber otorgado respuesta dentro del plazo establecido para ello.

En sesión ordinaria N° 1167 del Consejo Directivo, celebrada el 23 de marzo de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C103-21.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 03 de diciembre de 2020, don Jorge Poblete Herrera solicitó a la Subsecretaría de Salud Pública la...

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