Decisión Nº C10150-22 de Consejo de Transparencia de 10/01/2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 923739740

Decisión Nº C10150-22 de Consejo de Transparencia de 10/01/2023

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Ausente), Presidente,Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime)
Normativa aplicadaConstitución Política de la República ART-8
Fecha10 Enero 2023
Número de sentenciaC10150-22

DECISIÓN AMPARO ROL C10150-22

Entidad pública: Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas

Requirente: Félix Quintana Olivares

Ingreso Consejo: 13.10.2022

RESUMEN

Se rechaza el amparo deducido en contra de la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas, referido a información sobre proveedores de agua potable, según indica.

Lo anterior, por cuanto el órgano explicó que la información solicitada no obra en su poder, no contando esta Corporación con antecedentes que desvirtúen lo alegado por el órgano requerido, en cuanto a la inexistencia de la información pedida.

En sesión ordinaria N° 1335 del Consejo Directivo, celebrada el 10 de enero de 2023, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C10150-22.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 23 de septiembre de 2022, don Félix Quintana Olivares solicitó a la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas la siguiente información:

"Estimado, favor responder a la brevedad posible. Desde el mes de 07-2022 que estamos esperando la respuesta.

1. Informar de los proveedores que abastece con agua potable a la APR Las Maitas desde 2015 hasta 2022. - Cantidades y sus valores por m3

2. Informar el precio de m3 de agua...

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