Decisión Nº C1008-20 de Consejo de Transparencia de 16/06/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 847142630

Decisión Nº C1008-20 de Consejo de Transparencia de 16/06/2020

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Unánime),Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Marcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente
Fecha16 Junio 2020
Número de sentenciaC1008-20
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART- 21° N°1

DECISIÓN AMPARO ROL C1008-20

Entidad pública: Gendarmería de Chile

Requirente: Daniela Quezada Sanhueza

Ingreso Consejo: 24.02.2020

RESUMEN

Se rechaza el amparo deducido en contra de Gendarmería de Chile, referido a la entrega de investigación administrativa sobre hechos denunciados por la peticionaria.

Lo anterior, por cuanto la divulgación de los antecedentes consultados, constituye una clara afectación a los derechos de los terceros involucrados en dicha investigación, por tratarse de antecedes referidos a su dignidad, honra y vida privada, no advirtiéndose por parte de este Consejo un interés público prevalente que justifique su publicidad.

En sesión ordinaria N° 1106 del Consejo Directivo, celebrada el 16 de junio de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1008-20.

VISTOS:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 21 de diciembre de 2019, doña Daniela Quezada Sanhueza solicitó a Gendarmería de Chile la siguiente información: «remitir todos antecedentes que obraren en el expediente o actos administrativos que tengan relación con los hechos denunciados por la peticionaria».

2) SOLICITUD DE SUBSANACIÓN: Mediante presentación, de fecha 27 de diciembre de 2019, el órgano reclamado solicita a la reclamante que, en conformidad de lo dispuesto en el artículo 12° de la Ley de Transparencia, subsane su requerimiento de acceso a la información, identificando claramente la información que se requiere y proporcionando antecedentes concretos respecto de lo que se requiere, a fin de proceder a la búsqueda de los antecedentes.

Mediante comunicación electrónica, la peticionaria subsana su requerimiento de acceso a la información, adjuntando correo electrónico de la denuncia efectuada, como asimismo de la respuesta proporcionada por el órgano reclamado en relación con lo anterior.

3) RESPUESTA: El 31 de enero de 2020...

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