Decisión Nº 33-2020 de Consejo de Transparencia de 25/11/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 857283762

Decisión Nº 33-2020 de Consejo de Transparencia de 25/11/2020

JuezSilvana Donoso Ocampo
Número de sentencia33-2020
Fecha25 Noviembre 2020

Valparaíso, veinticinco de noviembre de dos mil veinte.

Visto:

Que, en folio 1, comparece Francisco Droguett Aguilera, abogado, en representación de don Umattino Riveros, ingeniero comercial, domiciliado en Chacra El Milagro, Camino troncal Antiguo, Paradero N° 3, Quillota, quien interpone reclamo de ilegalidad en contra del Consejo de la Transparencia, representada por doña Andrea Ruiz Rosas, abogado, ambos domiciliados en Morandé N° 360, piso 7°, Santiago, solicitando, de conformidad al artículo 28 de la Ley N° 20.285, solicita que se deje sin efecto la decisión de la reclamada, de fecha 18 de mayo del año 2020, adoptada en Sesión Ordinaria 1097, que desestimó la acción de amparo de acceso de información que su representado interpuso en contra de la Ilustre Municipalidad de Quillota, autos Rol C62 - 2020 y que, en su lugar, se declare que se acoge el referido amparo.

A folio 15, rola informe del Consejo de Transparencia, quien solicita el rechazo del reclamo, por los fundamentos que allí vierte.

A folio 11, informa la Ilustre Municipalidad de Quillota, en calidad de tercero interesado, quien también solicita el recazo del reclamo, de acuerdo a las consideraciones que expone.

A folio 21, se ordenó traer los autos en relación.

CONSIDERANDO:

Primero: Que, el abogado Francisco Droguett Aguilera, en representación de don Umattino Riveros, deduce reclamo de ilegalidad en contra del Consejo de la Transparencia y solicita que se deje sin efecto la decisión de la reclamada, de fecha 18 de mayo del año 2020, adoptada en Sesión Ordinaria 1097, que desestimó la acción de amparo de acceso de información que su representado interpuso en contra de la Ilustre Municipalidad de Quillota, autos Rol C62 - 2020 y que, en su lugar, se declare que se acoge el referido amparo.

Segundo: Que fundando el reclamo expresa que requirió, por la vía del amparo de acceso de información, que se ordenara a la Ilustre Municipalidad de Quillota, la entrega de copia autorizada por el Secretario Municipal de todos los antecedentes, tanto de la reunión de trabajo del Consejo Municipal del día 27 de mayo pasado, así como los fundamentos de la decisión tomada, relativa a la invalidación de los actos administrativos y la clausura del inmueble materia de los permisos de edificación a los que se refiere, requerimiento que fue desestimado por el Consejo de Transparencia, porque versaba sobre información inexistente y que, por tanto, no se encontraba en poder de la reclamada.

A su juicio, tal...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR