Decreto núm. 485, publicado el 07 de Mayo de 1999. PROMULGA EL DECIMOPRIMER PROTOCOLO ADICIONAL, SUSCRITO CON LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR, POR EL CUAL SE AMPLIA EL CUPO CONJUNTO ASIGNADO A LOS ITEM NALADISA 8702.10.00 Y 8702.90.00, PARA LA APLICACION DE LAS PREFERENCIAS OTORGADAS POR CHILE AL MERCOSUR, CONTENIDAS EN EL ANEXO 7 DEL ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA Nº 35, EXCLUSIVAMENTE PARA VEHICULOS A GAS PARA TRANSPORTE URBANO, Y MANTENER OTRAS PREFERENCIAS - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471206102

Decreto núm. 485, publicado el 07 de Mayo de 1999. PROMULGA EL DECIMOPRIMER PROTOCOLO ADICIONAL, SUSCRITO CON LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR, POR EL CUAL SE AMPLIA EL CUPO CONJUNTO ASIGNADO A LOS ITEM NALADISA 8702.10.00 Y 8702.90.00, PARA LA APLICACION DE LAS PREFERENCIAS OTORGADAS POR CHILE AL MERCOSUR, CONTENIDAS EN EL ANEXO 7 DEL ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA Nº 35, EXCLUSIVAMENTE PARA VEHICULOS A GAS PARA TRANSPORTE URBANO, Y MANTENER OTRAS PREFERENCIAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL DECIMOPRIMER PROTOCOLO ADICIONAL, SUSCRITO CON LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR, POR EL CUAL SE AMPLIA EL CUPO CONJUNTO ASIGNADO A LOS ITEM NALADISA 8702.10.00 Y 8702.90.00, PARA LA APLICACION DE LAS PREFERENCIAS OTORGADAS POR CHILE AL MERCOSUR, CONTENIDAS EN EL ANEXO 7 DEL ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA Nº 35, EXCLUSIVAMENTE PARA VEHICULOS A GAS PARA TRANSPORTE URBANO, Y MANTENER OTRAS PREFERENCIAS

Núm. 485.- Santiago, 7 de abril de 1999.- Vistos: Los artículos 32, Nºs. 8 y 17, y 50, Nº 1), inciso segundo, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que por decreto supremo Nº 568, de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial de 24 de agosto de 1981, fue promulgado el Tratado de Montevideo 1980, que creó la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi).

Que la resolución Nº 2, de 12 de agosto de 1980, del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de Aladi, publicada en el Diario Oficial de 23 de febrero de 1981, estableció normas básicas y de procedimiento que regulan la celebración de Acuerdos de Alcance Parcial en las que no participa la totalidad de los miembros del Tratado de Montevideo 1980.

Que con fecha 25 de junio de 1996 el Gobierno de la República de Chile y los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Parte del Mercado Común del Sur (Mercosur), suscribieron el Acuerdo de Complementación Económica Chile-Mercosur, Nº 35, publicado en el Diario Oficial de 4 de octubre de 1996.

Que con fecha 30 de julio de 1998 el Gobierno de la República de Chile y los Estados Parte del Mercosur suscribieron, en Montevideo, en el marco de los instrumentos internacionales antes referidos y, en particular, en virtud de lo dispuesto en los artículos 3, 46, 47 y 57 del Acuerdo de Complementación Económica Nº 35, del Decimoprimer Protocolo Adicional a este Acuerdo, por el cual se amplía en (14) unidades el cupo conjunto asignado a los ítem Naladisa 8702.10.00 y 8702.90.00 "Los demás vehículos automóviles para el transporte de diez o más personas, incluido el conductor", contenidas en el Anexo 7 del Acuerdo de Complementación Económica Nº 35, exclusivamente para vehículos a gas para transporte urbano, y se dispone que dicho cupo regirá para las preferencias otorgadas por Chile a Brasil en el período comprendido entre el 1º de...

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