DCV PRESTACIONES DE SALUD LIMITADA - 3 de Septiembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875415480

DCV PRESTACIONES DE SALUD LIMITADA

Número de registroCVE-2004401
Fecha de publicación03 Septiembre 2021
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.045
CVE 2004401 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.045 | Viernes 3 de Septiembre de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2004401
EXTRACTO
NICOLÁS FERNANDO ARRIETA CONCHA, Notario Público Titular sexta Notaría
Antofagasta, Prat 470, local 3; CERTIFICA: Por escritura pública hoy ante mi: VICENTE
CARLOS MONTAN DRAGICEVIC, C.I 8.296.771-0, Constructor Civil; DANIELA BEATRIZ
MONTAN PIRACES, C.I 18.311.113-2, Cirujano Dentista y CAMILO IGNACIO MONTAN
PIRACES, C.I 19.709.939-9, Estudiante Universitario, todos domiciliados en calle Colihue Nº
01410, Coviefi, Antofagasta, constituyeron Sociedad Comercial Responsabilidad Limitada
denominada “DCV PRESTACIONES DE SALUD LIMITADA” o "DCV SALUD LTDA."
ADMINISTRACION: corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios, actuando dos de
ellos conjuntamente con atribuciones señaladas pacto social.- CAPITAL: $15.000.000.-
aportado: VICENTE CARLOS MONTAN DRAGICEVIC: $5.000.000 33,33 %, contado, dinero
efectivo; DANIELA BEATRIZ MONTAN PIRACES: $5.000.000 33,33% contado, dinero
efectivo; y CAMILO IGNACIO MONTAN PIRACES: $5.000.000 33,33% forma señalada
escritura. OBJETO: la prestación toda clase de servicios profesionales, por cuenta propia o ajena,
en el área de la odontología en general, prestar servicios kinésicos y estéticos, pudiendo hacerlo a
personas naturales y/o jurídicas de derecho público o privado; la realización de asesorías y
consultorías en materias propias de la profesión; la ejecución de toda clase de prestaciones y
servicios odontológicos en sus diversas especialidades tales como: endodoncia, ortodoncia,
periodoncia, radiología-imagenología, cirugía oral y maxilofacial, odontopediatría; prótesis,
rehabilitación oral, odontología preventiva o social; odontogeriatría, implantología,
somatoprótesis, operatoria, odontología legal, estética, cosmética, etc, pudiendo extenderse a las
especialidades que la empresa determine y contratar los profesionales del área de la salud y otros
que requiera para el desempeño de su cometido; la prestación de asesorías y consultorías en
materias odontológicas y kinésicas; la compra, permuta, arrendamiento de los equipos y
maquinarias necesarias para ejecutar su objeto como asimismo la compra, venta, arrendamiento,
exportación, importación, fabricación, prefabricación y comercialización de los insumos,
materiales, bienes muebles, inmuebles y elementos requeridos para desempeñarlo; el
arrendamiento a terceros de maquinarias, insumos y equipos; la venta de artículos odontológicos
y ortopédicos y en general la prestación de los servicios propios de la odontología y
kinesioterapia a terceros y cualquiera otra actividad conexa o relacionada con el mismo y
ejecutar todos aquellos rubros que se decida pudiendo participar en todas las licitaciones públicas
o privadas convocadas para tal efecto o a los llamados que realice cualquier Ministerio, Hospital
u otra entidad gubernamental, municipal, consultorios o cualquier otro ente administrativo sea de
derecho público o de administración autónoma o descentralizada como asimismo Clínicas,
Centros Médicos, Isapres, Cajas de Compensación o cualquier otra asociación de orden privado.
La empresa podrá ser agente o representante de firmas, empresas y organizaciones de su mismo
giro social, similar o complementario, que se encuentren establecidas en el país o en el
extranjero, o que se establezcan en el futuro, pudiendo al efecto formar parte de estas sociedades,
fusionándose con ellas y aportando todo su activo y pasivo. DURACION: 20 años, prórroga
automática períodos iguales y sucesivos 10 años. Demás estipulaciones constan escritura
extractada. Antofagasta, 27 de Agosto 2021.

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