Decisión nº C4158-16, de Consejo de Transparencia de 19 de Enero de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 687235965

Decisión nº C4158-16, de Consejo de Transparencia de 19 de Enero de 2017

Fecha de Resolución19 de Enero de 2017
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaMunicipalidades, Otros, especificar, Aseo y Ornato

DECISIÓN AMPARO ROL C4158-16

Entidad pública: Municipalidad de Gorbea

Requirente: Daniel Campos Rebolledo

Ingreso Consejo: 13.12.2016

En sesión ordinaria N° 770 del Consejo Directivo, celebrada el 19 de enero de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C4158-16.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: Con fecha 27 de octubre de 2016, don Daniel Campos Rebolledo solicitó a la Municipalidad de Gorbea el número de luminarias de alumbrado público existentes en la comuna.

2) RESPUESTA: La Municipalidad de Gorbea respondió a dicho requerimiento de información mediante resolución N° 187, de fecha 27 de noviembre de 2016, señalando, en síntesis, que accedió a la entrega de la información pedida, adjuntando para tales efectos el Memo N° 119, de 17 de noviembre de 2016, emitido por el Director de Obras Municipales, en el cual se informa que el Municipio cuenta con 4 equipos de electrógenos, con las características que detalló.

3) AMPARO: El 13 de diciembre de 2016, don Daniel Campos Rebolledo dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la Municipalidad de Gorbea, fundado en...

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