Oficio nº 026368 de 9 de Junio de 2009, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre D. S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud) - Doctrina Administrativa - VLEX 480763158

Oficio nº 026368 de 9 de Junio de 2009, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre D. S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud)

  1. - Ud. ha recurrido a este Servicio reclamando en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de la Región del Maule, por haberle rechazado 9 licencias médicas que le fueran otorgadas, comprendidas entre el 27 de diciembre de 2007 y el 24 de noviembre de 2008, todas ellas con una causa común, como lo fue la existencia de un accidente cardio-vascular cerebral en el recurrente.


  2. - Al respecto, la aludida Comisión ha informado que el rechazo deriva de un diagnóstico que tiene características de "irrecuperabilidad", atendido el mal estado fisiológico en que Ud. se encuentra. Por ello, mantuvo el rechazo de las licencias mencionadas, habida consideración a la enfermedad aludida.


    Agrega que la decisión adoptada en el caso que se analiza, se ajusta al D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud.


  3. - Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 1º del citado D.S. Nº3, dispone que la licencia médica es "....el derecho que tiene el trabajador de ausentarse o reducir su jornada de trabajo, durante un determinado lapso de tiempo, en cumplimiento de una indicación profesional certificada por un...

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