Oficio nº 076860 de 23 de Noviembre de 2007, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud) - Doctrina Administrativa - VLEX 480505542

Oficio nº 076860 de 23 de Noviembre de 2007, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud)

  1. - Ha recurrido a esta Superintendencia el interesado, reclamando en contra de la Resolución de esa Subcomisión que rechazó su licencia médica N°1-19892754, tipo 1, emitida el 18 de julio de 2007, por 30 días a contar del 14 de ese mes, con el diagnóstico de "Pie- Diabético. Amputación 3 ortejo derecho", por presentación fuera de plazo.


    Acompaña a su presentación la copia de la licencia médica reclamada, carta de la Caja de Compensación de Asignación Familiar que notifica el rechazo, un certificado médico de fecha 30 de octubre de 2007, extendido por el profesional tratante y fotocopia de epicrisis y atención de unidad de emergencia del Hospital San Luis de Buin.


  2. - De los antecedentes tenidos a la vista, se pudo constatar que esa Subcomisión rechazó la licencia médica ya individualizada, por presentación fuera de plazo, según consta de la Sección B del respectivo Formulario.


  3. - Sobre el particular, cabe señalar que, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 11 del D.S. Nº 3, de 1984, Reglamento sobre autorización de licencias médicas, tratándose de trabajadores dependientes, del sector privado, como es el caso, el formulario respectivo debe presentarse al empleador dentro del plazo de dos días hábiles, contados desde la fecha de inicio de reposo.


    Pues bien, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del mismo cuerpo reglamentario, la presentación de la licencia médica por parte del trabajador fuera del plazo señalado, habilita a la COMPIN o ISAPRE para rechazarla. En el inciso segundo del citado artículo, se contempla una excepción a dicha regla para aquellos casos en que el trabajador acredite que la inobservancia del plazo se debió a caso fortuito o fuerza mayor y bajo el supuesto que la licencia médica se encuentre dentro de su vigencia, esto es, mientras dure el reposo consignado en ella.


    En la especie, la licencia médica N°1-19892754 fue emitida el 18 de julio de 2007, prescribiendo reposo por 30 días a contar del 14 de ese mes, siendo presentada al empleador , el día 03 de agosto de 2007, según la sección C1 esto es fuera de plazo pero dentro de su período de vigencia. Esta situación se produjo porque fue extendida tardíamente por el profesional tratante, hecho que fue debidamente acreditado ante este Organismo, a través de...

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