Oficio nº 005271 de 21 de Agosto de 1987, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud, Ley Nº 18.469; D.L. Nº 3.500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social) - Doctrina Administrativa - VLEX 480762338

Oficio nº 005271 de 21 de Agosto de 1987, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud, Ley Nº 18.469; D.L. Nº 3.500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social)

Una trabajadora independiente afecta al Nuevo Sistema Previsional, ha recurrido a esta Superintendencia reclamando en contra de la Resolución contenida en el Memorándum Nº 227, de fecha de 29 de mayo de 1987, suscrita por el Sr. Jefe Sección Subsidios de ese Servicio de Salud, que exige declaración jurada acerca de la actividad laboral de la reclamante e ingreso mensual promedio, fundándose en el artículo 89 del D.L. Nº3.500, de 1980.

Expresa que presentó la situación en la correspondiente oficina de subsidios, haciendo presente que por Oficio Ord. Nº 1.598, de esta Superintendencia, se había resuelto que no era procedente requerir tal declaración jurada.

Sobre el particular, cabe señalar que el citado artículo 89 del D.L. Nº3.500, indica los requisitos que deberá tener una persona natural para afiliarse al Nuevo Sistema de Pensiones, sin referirse a que ellos lo sean también para el pago del subsidio por incapacidad laboral.

Por otra parte, del estudio de las disposiciones reglamentarias contenidas en el D.S. Nº3, citado en la suma, no aparece la exigencia de declaraciones juradas como la en comento. Es más, en la...

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