Oficio nº 006095 de 29 de Julio de 1988, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud) - Doctrina Administrativa - VLEX 480761902

Oficio nº 006095 de 29 de Julio de 1988, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud)

Ud. se dirigió a esta Superintendencia reclamando en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez del Servicio de Salud Metropolitano Sur - Oriente a raíz de su negativa a visar dos licencias médicas que le fueron extendidas por el período comprendido entre el 4 de agosto y el 5 de octubre de 1986.


Por su parte, la citada Comisión informó que había rechazado el pago de los subsidios correspondientes a dichas licencias por considerar que no serían efectivos los datos correspondientes a sus remuneraciones. Al respecto, ha señalado que de acuerdo con la investigación practicada por la unidad de subsidios, pudo constatar que las imposiciones de los meses de mayo, junio y julio de 1986 habían sido canceladas con atraso por su empleador, de una manera no usual, en un fecha posterior al inicio del la primera licencia y por un monto, además, muy superior al del resto de sus compañeros de trabajo, circunstancias que le hicieron concluir que se trataba de una situación abiertamente irregular.


En consideración a lo anterior, y con el objeto de establecer la efectividad de sus servicios y el monto real de sus remuneraciones, este Organismo solicitó a la Dirección del Trabajo una fiscalización a su...

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