Oficio nº 005748 de 29 de Enero de 2010, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud) - Doctrina Administrativa - VLEX 480743770

Oficio nº 005748 de 29 de Enero de 2010, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud)

  1. - Por la presentación de antecedentes ha recurrido a esta Superintendencia don, reclamando en contra de las resoluciones de esa COMPIN, que resolvieron como sin derecho a subsidio sus licencias médicas N° 21990309, por 25 días de reposo a contar del 6 de septiembre de 2008, y N° 21990090, por 10 días de reposo a contar del 1° de octubre de 2008.


    Adjunta fotocopia de las licencias médicas, liquidaciones de remuneraciones de los meses de julio y agosto de 2008, los comprobantes de sus cotizaciones previsionales en AFP. y otros documentos.


  2. - Requerida al efecto, esa COMPIN informó que las licencias médicas N°s 21990309 y 21990090, extendidas a favor del Sr., a contar del 6 de septiembre de 2008 hasta el 10 de octubre del mismo año, se encuentran sin derecho a subsidio por no cumplir con la cantidad de días trabajados.


  3. - Sobre el particular, esta Superintendencia cumple en manifestar que el inciso 1° del artículo 4° del D.F.L. N ° 44, de 1978, , del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, señala que: "para tener derecho a los subsidios por incapacidad laboral, se requiere un mínimo de seis meses de afiliación y de tres meses de cotización, dentro de los seis meses anteriores a la fecha inicial de la licencia médica correspondiente ".

    Por su parte el inciso 2° del citado artículo agrega que: "Con todo, para acceder a los subsidios, los trabajadores dependientes contratados diariamente por turnos o jornadas deberán contar, además del período mínimo de afiliación a que se refiere el inciso primero con, a lo menos, un mes de cotizaciones dentro de los seis meses...

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