Oficio nº 012134 de 21 de Marzo de 2002, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre D.L. Nº 3.500, de 1980) - Doctrina Administrativa - VLEX 480752470

Oficio nº 012134 de 21 de Marzo de 2002, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre D.L. Nº 3.500, de 1980)

Ud. ha recurrido a esta Superintendencia reclamando en contra de las Resoluciones de la COMPIN del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, que confirmaron lo obrado por la ISAPRE, la que a su vez le rechazó varias licencias médicas con reposo a contar del 3 de mayo y el 23 de junio de 1999 y del 24 de agosto al 22 de septiembre de 1999.


Una presentación sobre la misma materia fue derivada a este Organismo por la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional.


Requerida al efecto, la COMPIN del Servicio de Salud Metropolitano Oriente informó que Ud. ha hecho uso de licencias médicas por depresión mayor endógena desde fines del año 1997.


Agrega que la ISAPRE le rechazó las licencias médicas desde enero de 1998, y que ante sus apelaciones, esa COMPIN ordenó su autorización a la ISAPRE.


Sin embargo, esa Comisión rechazó las reclamaciones y confirmó lo obrado por la ISAPRE Vida Tres respecto del rechazo de las licencias médicas de los períodos comprendidos entre el 3 de mayo y el 23 de junio de 1999 y entre el 24 de agosto al 22 de septiembre de 1999.


Entre los antecedentes, se adjunta fotocopia de Resolución de la Comisión Médica Regional de la X Región, del D.L. N° 3.500, de 18 de diciembre de 1998 que le rechazó solicitud de declaración de invalidez, fijándole un 19 % de incapacidad.


Por otra parte, deja constancia que no hay extravío de la documentación del caso.


Sobre el particular, esta Superintendencia cumple en manifestar que...

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