Decreto núm. 2063, publicado el 07 de Junio de 1999. DA CUMPLIMIENTO A LA RESOLUCION Nº1.173, DE 1998, DEL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS, QUE ADOPTA SANCIONES CONTRA UNITA - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471195298

Decreto núm. 2063, publicado el 07 de Junio de 1999. DA CUMPLIMIENTO A LA RESOLUCION Nº1.173, DE 1998, DEL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS, QUE ADOPTA SANCIONES CONTRA UNITA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

DA CUMPLIMIENTO A LA RESOLUCION Nº1.173, DE 1998, DEL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS, QUE ADOPTA SANCIONES CONTRA UNITA

Núm. 2.063.- Santiago, 25 de noviembre de 1998.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 32 Nºs 8 y 17 y 50 Nº1 inciso segundo de la Constitución Política de la República; en los artículos 25, 39, 41 y 48 de la Carta de la Organización de las Naciones Unidades; en el decreto con fuerza de ley Nº 161, de 1978, que establece el Estatuto Orgánico del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Considerando: Que el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas aprobó con fecha 12 de junio de 1998 la resolución Nº 1.173.

D e c r e t o:

Artículo primero

El Gobierno de Chile decide dar el más estricto y fiel cumplimiento a la resolución Nº 1.173, de 12 de junio de 1998, del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, que decide el congelamiento de fondos pertenecientes a UNITA.

Artículo segundo

A los efectos de lo dispuesto en el artículo primero, las autoridades y órganos del Estado velarán porque, en la órbita de sus atribuciones, se dé cumplimiento a lo dispuesto en la mencionada resolución Nº 1.173, de 1998.

Artículo tercero

Una copia íntegra y autorizada de la resolución Nº 1.173, de 12 de junio de 1998, del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, se publicará en el Diario Oficial de la República de Chile.

Anótese, tómese razón y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- José Miguel Insulza, Ministro de Relaciones Exteriores.- Jorge Leiva Lavalle, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Demetrio Infante Figueroa, Embajador, Director General Administrativo.

RESOLUCION 1.173 (1998)

Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 3891ª sesión, celebrada el 12 de junio de 1998

El Consejo de Seguridad,

Reafirmando su resolución 696 (1991), de 30 de mayo de 1991, y todas las resoluciones posteriores sobre la materia, en particular la resolución 1.127 (1997), de 28 de agosto de 1997,

Reiterando su firme determinación de preservar la unidad, la soberanía y la integridad territorial de Angola,

Expresando su honda preocupación por la crítica situación en que se encuentra el proceso de paz, como resultado de que la Unión Nacional para la Independencia Total de Angola (UNITA) no haya cumplido las obligaciones contraídas con arreglo a los Acuerdos de Paz (S/22609, anexo), el Protocolo de Lusaka (S/1994/1441, anexo), las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad y el plan presentado el 15 de mayo de 1998, por el Representante Especial del Secretario General a la Comisión Mixta para que se concluyera, a más tardar el 31 de mayo de 1998, las tareas restantes previstas en el Protocolo de Lusaka,

Recordando la declaración de su Presidente de 22 de mayo de 1998 (S/PRST/1998/14),

Reconociendo las medidas adoptadas por el Gobierno de Unidad y Reconciliación Nacional para cumplir el compromiso que contrajo en virtud del mencionado plan de poner fin a la difusión de propaganda hostil en los medios controlados por el Estado y reducir los casos de abuso por parte de la Policía...

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