Decreto núm. 545, publicado el 12 de Junio de 1997. PROMULGA EL ACUERDO CON CUBA SOBRE COOPERACION EN PREVENCION DEL USO INDEBIDO Y REPRESION DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTROPICAS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Rango de Ley | Decreto |
PROMULGA EL ACUERDO CON CUBA SOBRE COOPERACION EN PREVENCION DEL USO INDEBIDO Y REPRESION DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTROPICAS
Núm. 545.- Santiago, 18 de abril de 1997.- Vistos: Los artículos 32, Nº 17, y 50, Nº 1), inciso segundo, de la Constitución Política de la República y la Ley Nº 18.158.
Considerando:
Que con fecha 30 de julio de 1996 los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y de Cuba suscribieron el Acuerdo sobre Cooperación en Prevención del Uso Indebido y Represión del Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas.
Que dicho Acuerdo se adoptó en el marco de la Convención Unica sobre Estupefacientes, de 1961, publicada en el Diario Oficial de 16 de mayo de 1968, y su Protocolo, de 1972, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1976; del Convenio de Naciones Unidas sobre Sustancias Psicotrópicas, de 1971, publicado en el Diario Oficial de 3 de noviembre de 1976, y de la Convención de Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, suscrita en Viena el 20 de diciembre de 1988, publicada en el Diario Oficial de 20 de agosto de 1990.
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo IX del mencionado Acuerdo.
D e c r e t o:
Promúlgase el Acuerdo entre los Gobiernos de la República de Chile y de la República de Cuba sobre Cooperación en Prevención del Uso Indebido y Represión del Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, suscrito el 30 de julio de 1996; cúmplase y llévese a efecto como Ley y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- José Miguel Insulza, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Daniel Carvallo C., Director General Administrativo Subrogante.
ACUERDO ENTRE LA REPUBLICA DE CHILE Y LA REPUBLICA DE CUBA SOBRE COOPERACION EN PREVENCION DEL USO INDEBIDO Y REPRESION DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTROPICAS
La República de Chile y la República de Cuba, quienes en adelante se denominarán las Partes:
Profundamente preocupadas por la magnitud y la tendencia creciente del Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, que representa una grave amenaza para la salud y el bienestar de los seres humanos y menoscaba las bases económicas, sociales, culturales y políticas de la sociedad;
En armonía con las disposiciones contenidas en la Convención Unica de 1961 sobre Estupefacientes y su Protocolo de 1972; así como el Convenio de las Naciones Unidas...
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