Decreto 5 - ESTABLECE CRITERIOS Y CONDICIONES RELATIVAS A LOS PROYECTOS PRESENTADOS A LOS PROGRAMAS REGIONALES DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA DEL GOBIERNO DE CHILE PARA EL AÑO 2005
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Rango de Ley | Decreto |
ESTABLECE CRITERIOS Y CONDICIONES RELATIVAS A LOS PROYECTOS PRESENTADOS A LOS PROGRAMAS REGIONALES DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA DEL GOBIERNO DE CHILE PARA EL AÑO 2005
Núm. 5.- Santiago, 10 de enero de 2005.- Visto: El artículo 35 de la Constitución Política de la República de Chile; artículo 6º de la Ley Nº16.746; decreto supremo de Educación Nº491 de 1971; el ítem 09.08.01.24.03.166, Glosa 08 y 168 Glosa 09 de la Ley Nº19.986 de Presupuestos del Sector Público y la resolución Nº520 de 1996 de Contraloría General de la República, y
Considerando:
i. La existencia de los Programas Regionales de Investigación Científica y Tecnológica, en adelante Programas Regionales, que tienen como objetivo fundamental corregir las desigualdades existentes en el nivel de desarrollo científico y tecnológico regional y se espera expandir y descentralizar, desde una perspectiva geográfica e institucional, la distribución de los recursos humanos, financieros y materiales para la Investigación y Desarrollo;
ii. El apoyo a la conducción superior de los Programas Regionales y la selección de los proyectos que financia dicho fondo, institucionalizado en CONICYT mediante un Jurado Colegiado Especial integrado por personalidades de trayectoria y excelencia académica, experiencia en actividades de Investigación y Desarrollo tanto en el ámbito académico como empresarial y regional;
iii. La asignación de recursos a los Programas en todas las disciplinas a los cuales optan instituciones regionales, que cuenten con el auspicio del Gobierno Regional correspondiente, en condiciones de igualdad de oportunidades;
iv. El decreto (Hda.) Nº408 de 2003, mediante el cual se autorizó al Ministerio de Hacienda la contratación de un préstamo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF);
v. El objeto que tiene el préstamo antes mencionado, en orden al financiamiento parcial del denominado "PROYECTO DE CIENCIA PARA LA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO", y
vi. La calidad de órgano ejecutor del Proyecto precedentemente citado que tiene CONICYT, de acuerdo al artículo 3º del decreto (Hda.) Nº408 de 2003,
Decreto:
Criterios de selección de proyectos presentados a los Programas Regionales.
1.1. TIPO DE PROYECTOS
Los Programas Regionales podrán financiar proyectos de:
-
Creación de Unidades Regionales de Desarrollo Científico y Tecnológico
-
Creación de Consorcios Regionales de Investigación y Desarrollo Cooperativo.
1.2. BENEFICIARIOS
Tendrán la calidad de beneficiarias las instituciones que cumplan los siguientes requisitos: i) poseer la calidad de persona jurídica nacional sin fines de lucro; ii) tener una existencia legal de, a lo menos, cinco años al momento de la postulación, y iii) tener como objetivo (indicado expresamente en sus estatutos)
realizar actividades de investigación y desarrollo y acreditar fehacientemente que han desarrollado dichas actividades, al menos durante los últimos cinco años.
Entre las Instituciones habilitadas para participar se incluyen: universidades (públicas o...
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