Los criterios de proporcionalidad y razonabilidad en la aplicaciòn de las decisiones judiciales. A propósito de la STC exp n.º 00413-2021-PHC/TC - Tratado de las concepciones globales de derecho constitucional contemporáneo - Libros y Revistas - VLEX 976723183

Los criterios de proporcionalidad y razonabilidad en la aplicaciòn de las decisiones judiciales. A propósito de la STC exp n.º 00413-2021-PHC/TC

AutorJosé Julio Goicochea Elías
Cargo del AutorDoctor en Derecho
Páginas197-202
197
Los criterios de proporcionaLidad y razonabiLidad en La apLicaciòn de Las
decisiones judiciaLes. a propósito de La stc exp n.º 00413-2021-phc/tc
capÍTulo Xi
los criTerios de proporci onalidad Y raZonabilidad en
la aplicaciÒn de las deci siones Judiciales. a propósiTo
de la sTc eXp n.º 00413-2021-phc/Tc
José Julio Goicochea Elías1
i. inTroducciÒn
En este articulo comentaremos una sentencia en la que el Tribunal Cons-
titucional analiza un proceso donde en una causa penal por la comisión de
delito de Robo Agravado en estricta aplicación de la norma, se aplica una
sanción a todas luces carente de proporcionalidad y razonabilidad. Por otro
lado, también se hace alusión en la referida resolución el respeto a la formali-
dad procesal por parte de los operadores judiciales.
Como antecedente se tiene un proceso de Robo Agravado en el que con fe-
cha 7 de marzo de 2016 en primera instancia el Colegiado Penal de Emergen-
cia de la Corte Superior de Justicia de Sullana declaró fundada la denuncia
penal condenando a don Manuel Alejandro Zarate Lazo a la pena de 14 años
de privación efectiva de la libertad; apelada dicha resolución a la Sala Penal
de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Sullana, la misma con fe-
cha 21 de septiembre de 2016 fue conrmada en el extremo de la condena, y
revocada en cuanto a la pena y reformándola impone al precitado la pena de
12 años de privación efectiva de la libertad.
En ese orden de ideas, el 17 de octubre de 2016 la Sala Penal de Apelacio-
nes de la Corte Superior de Justicia de Sullana declara inadmisible el recurso
de casación interpuesto contra la sentencia de vista; por último, con fecha 23
de octubre de 2017 la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de
Justicia de la República declaró infundado el recurso de queja de derecho por
denegatoria del recurso de casación.
1 Doctor en Derecho. Orden al Mérito Francisco de Paula Gonzales Vigil por el Ilustre
Colegio de Abogados de Tacna. Profesor Asociado en la Universidad Femenina del
Sagrado Corazón.

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